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A propósito del aborto

A RESERVA.- Yo declaro haber abortado. Así concluía el manifiesto que en 1971 publicaron 343 mujeres francesas, entre ellas Simone de Bouvoir, Catherine Denueve, Jeanne Moreau y Marguerite Duras. Alzaron su voz por el silencio de miles de sus compatriotas que abortaban bajo condiciones peligrosas al realizarlo en la clandestinidad.

Cuatro años después se logró la despenalización en el país galo y desde entonces las francesas –así como sucede con varios millones de mujeres en el mundo- pueden ejercer libremente el derecho a decidir sobre su capacidad reproductiva… ¿Y en México?

En 1990, la Asamblea del Movimiento Feminista Latinoamericano trató el problema del aborto inseguro y clandestino por ser una de las causas principales de mortalidad de las mujeres en muchos de los países de la región. En ese mismo evento, se declaró el 28 de septiembre como el Día Internacional por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe.

A pesar de este pronunciamiento que pretende salvaguardar la vida de las mujeres y su derecho a decidir sobre sus cuerpos y sus destinos, en nuestro país se ha retrocedido desde las posiciones políticas más conservadoras elevando a rango constitucional la prohibición de suspender el embarazo por decisión exclusiva de las mujeres, con la retahíla eclesiástica del “derecho a la vida desde el momento de la concepción”.

Son ya 19 entidades de la república mexicana (Baja California, San Luis Potosí, Chihuahua, Sonora, Morelos, Colima, Puebla, Jalisco, Durango, Nayarit, Quintana Roo, Campeche, Guanajuato, Yucatán, Querétaro, Oaxaca, Chiapas y Tamaulipas) las que han impuesto la carga de un embarazo no deseado a las mujeres, a pesar de la obligación del estado mexicano frente al derecho internacional de respetar y promover los derechos de las mujeres y niñas a la vida, a la integridad física; incluyendo protección contra todo tipo de violencia, a la salud, a la educación, a la información y a la no discriminación; conforme está establecido en los instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos.

La invasiva posición de la iglesia y su jerarquía católica ha sido determinante en los posicionamientos y arrebatos de políticos de personajes conservadores de toda la geometría política en México.

Desde los tiempos de santo Tomás en el siglo XIII se había recomendado a los miembros de la Iglesia se abstuvieran de tomar partido en los debates científicos debido al riesgo de que implican los frecuentes cambios en el conocimiento científico, por lo que las pautas vicarias que sostienen las creencias canonícas tendrían que conservarse incólumes y dogmáticas.

La fe cristiana afirma que la dignidad de la persona humana tiene su más profundo fundamento en el hecho de ser hijos de Dios y hermanos de Jesucristo, dimensionando como drama terrible el aborto, como un atentado contra esta dignidad sagrada.

Se pronuncian a favor de la vida, sin argumentos bio-éticos como si la vida implicara solo plasma y sentencian no solo al alma también invaden la esfera pública impunemente: “Quien consciente y deliberadamente practica un aborto, acepta que se lo practiquen o presta una colaboración indispensable a su realización, incurre en una culpa moral y en una pena canónica, es decir, comete un pecado y un delito”.

El Canon 1398 dice: “Quien procura un aborto, si éste se produce, incurre en excomunión Latae sententiae” que es algo así como un juicio sumario, que da cuenta de la tortura del alma in saecula saeculorum (para toda la eternidad) que ya de por sí es mucho, y aún más terrible resulta la persecución que -en la tierra- desde la iglesia se hace para que se criminalice a las mujeres que abortan.

Este principio rige en la condena ungida que la iglesia impone a las mujeres que toman la decisión de abortar desde una posición recónditamente confesional, que retoma inapropiadamente un estado que se auto determine formalmente laico.

No cabe duda que la libertad de decisión y la garantía de los derechos que conlleva el ejercicio de esta libertad debe circunscribirse en un ámbito de autodeterminación y soberanía, separado formal y efectivamente de toda influencia religiosa o filosófica hegemónica.

En estricto derecho se ha pronunciado la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desde el 2007, cuando la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó el recurso de inconstitucionalidad contra las modificaciones al Código Penal del DF en relación con las reformas que permiten la interrupción legal del embarazo hasta las doce semanas de gestación, resolviendo por supuesto la constitucionalidad de la reforma.

Tuvo nuevamente que intervenir la Corte de Justicia ante dos acciones de inconstitucionalidad promovidas en contra de normas constitucionales locales (Baja California y San Luis Potosí) que protegen la vida desde el momento de la concepción.

Ante la tesis “abortista” sustentada a cargo del ministro José Fernando Franco González Salas, que afirmaba contundente que la despenalización del aborto no es contraría el derecho a la vida y aunque existiese ese derecho desde la concepción, no podría violar la dignidad y los derechos reproductivos de las mujeres, se impusieron las tesis más reaccionarias del derecho desde la perspectiva de juristas formados al parecer en el derecho canónico que argumentaban que sí se reconoce como titular de derechos al naciturus, con independencia de los derechos de la madre.

Oaxaca, en 2009 adoptó la reforma constitucional que protege la vida desde el momento de la concepción, aceptando la iniciativa de la entonces diputada panista Perla Woolrich Fernández, otras y otros legisladores, incluso de la llamada “izquierda parlamentaria” que inesperadamente se le sumaron en una sesión exprés donde incluso hubo violencia explícita contra las mujeres organizadas que fueron literalmente golpeadas por pretender detener la aprobación de dicha reforma.

Hubo quien anunció en la revista Proceso el año pasado, que en los dos últimos años del sexenio de Ulises Ruiz Ortiz (2006-2010), aproximadamente ocurrieron 6 mil 400 abortos “inseguros y clandestinos” en Oaxaca, lo cual en esas condiciones verdaderamente resulta casi imposible de comprobación.

Claro que es trascendente que cualquier aborto realizado en esas circunstancias pone en riesgo la vida de las mujeres, e implica situaciones que por sí mismas violentan los derechos humanos de ellas desde el momento en que determinan una decisión en ese sentido.

En Oaxaca, como en otras entidades de la República, las mujeres y las organizaciones civiles feministas se han desmovilizado significativamente en la defensa integral del derecho a decidir de las mujeres en su cuerpo y destino, respecto a la interrupción voluntaria del embarazo cuando el gobierno ha decidido implementar medidas legales e intervenir sólo en los casos de aborto por violación. Tal parece que cambiamos la canasta de frutas solo por unas cuantas uvas.

Estar a favor de la despenalización sin llevar a cabo acciones positivas con el fin de prevenir el problema y cambiar las condiciones sociales y económicas que llevan a las mujeres a tomar esa decisión es hacer demagogia.

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