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Acumula el INE 38 quejas contra partidos y candidatos por violaciones a la Ley Electoral

OAXACA, OAX., abril 28.- A mitad del camino de las campañas electorales, el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE) en Oaxaca, Roberto Cardiel Soto, reportó que han sido presentadas 38 quejas por parte de diversos actores contra los partidos políticos y candidatos por violaciones a la Ley Electoral.

Heycher-Cardiel-Soto-Roberto-INE-28.04.15-bolLas denuncias involucran a la mayoría de los partidos políticos: PAN, PRD, PRI, MC, Morena, PT, Nueva Alianza y PVEM, pero el funcionario electoral evitó revelar los nombres de los candidatos denunciados.

Sólo indicó que las denuncias genéricas y el acto más recurrente, más señalado, es la colocación de propaganda en lugares indebidos.

En entrevista, Cardiel Soto argumentó que producto de la reforma electoral del 2014, el órgano electoral federal no resuelve esos procedimientos, únicamente se recibe la denuncia, se recaba la información, y se realizan las diligencias en las que se escuchan al denunciante y al denunciado.

Posteriormente, el documento se turna al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que habrá de determinar si proceden las denuncias y las sanciones.

“Los procedimientos de queja se integran para enviarlos al TEPJF”, puntualizó y comentó que en algunos casos los expedientes son turnados a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) de la Procuraduría General de la República (PGR).

Cardiel Soto demandó a los candidatos y candidatas apegarse irrestrictamente a las leyes.

Señaló que el INE realiza recorridos de monitoreo en toda la entidad oaxaqueña para tomar el registro y testigos fotográficos, a través de dispositivos móviles con tecnología GPS, que permiten recopilar y almacenar la cantidad, características y ubicación de dicha propaganda tendiente a obtener el voto o promover a los partidos o contendientes.

A través del acuerdo CF/014/2015 el INE emitió los lineamientos que establecen la metodología para el monitoreo de anuncios espectaculares y demás propaganda colocada en la vía pública.

Dicho instrumento establece que la propaganda sujeta a monitoreo es a través de anuncios espectaculares, panorámicos o carteleras, bardas, buzones, cajas de luz, columnas, espectaculares, lonas, mantas, marquesinas y muebles urbanos de publicidad, con y sin movimiento.

Igualmente, muros, pancartas colocadas en espacios físicos o donde se celebren eventos públicos, de espectáculos o deportivos; pantallas fijas y móviles, parabuses, publicidad en medios de transporte, puentes, vallas, vehículos, vinilonas, y cualquier otra similar que se coloque en la vía pública o en espacios físicos de lugares donde se celebren eventos públicos, de espectáculos o deportivos.

Cardiel Soto refirió que el monto de la propaganda no reportada o no conciliada por los partidos políticos, coaliciones y candidatos independientes durante la campaña, se acumulará a los gastos de campaña del candidato, distrito o municipio del que se trate, de conformidad con la norma.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en su artículo 427 establece como facultad de la Comisión de Fiscalización del INE la de revisar y someter a la aprobación del Consejo General los informes de resultados y proyectos de resolución sobre las auditorías y verificaciones practicadas a los aspirantes y Candidatos Independientes.

Los informes especificarán las irregularidades en que hubiesen incurrido en el manejo de sus recursos; el incumplimiento de su obligación de informar sobre la aplicación de los mismos y, en su caso, propondrán las sanciones que procedan conforme a la normatividad aplicable.

El representante del INE en Oaxaca recordó que producto de la Reforma Política Electoral 2014 se estableció como nueva causal de nulidad de la elección el rebase de tope de gastos de campaña en más de cinco puntos porcentuales.

El tope de gasto de campaña para el proceso electoral federal 2014-2015 es de 1 millón 260 mil 38 pesos.

 

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