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Urge DDHPO a armonizar Constitución local para garantizar protección a derechos humanos

OAXACA,OAX., junio 29.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), en colaboración con once agrupaciones de la sociedad civil, integró una propuesta de reforma a la Constitución Política del Estado de Oaxaca para armonizarla con la Constitución federal e incluir derechos humanos reconocidos en los estándares internacionales en la materia, a fin  de ubicar a la vanguardia a la Constitución local.

Rueda-prensa-reforma-constitucional-29.06.15-bolLa Defensoría consideró fundamental sumar esfuerzos para esta propuesta con la sociedad civil, instituciones académicas y todos aquellos actores que consideren la necesidad de adecuar la Constitución estatal a los contextos y necesidades actuales.

Al celebrarse el cuarto aniversario de la reforma a la Constitución federal en materia de derechos humanos, y tomando en cuenta el contexto actual y la progresividad en el reconocimiento de los derechos humanos, la Defensoría y las agrupaciones de la sociedad civil suscribieron un pronunciamiento en cual señalan diversos puntos.

El primero de estos expone que el marco normativo actual es insuficiente y, por lo tanto, es necesario generar una reforma integral que permita la armonización de la Constitución local en materia de derechos humanos.

El segundo punto del documento considera necesario formular una propuesta de reforma integral en materia de derechos humanos, que retome los contenidos y derechos reconocidos en la reforma de junio de 2011 en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo establecido en los estándares contenidos en el corpus iuris  del derecho internacional de los derechos humanos.

El tercer punto de esta iniciativa ciudadana detalla que es fundamental, en la formulación de una reforma en materia de derechos humanos, considerar los siguientes elementos: la incorporación de principios rectores, como el control de constitucionalidad y convencionalidad, el principio pro persona, el principio de interpretación conforme; los principios de igualdad y no discriminación; así como, la universalidad;  interdependencia; indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos.

El mismo punto tercero de la propuesta suscrita por la Defensoría y agrupaciones civiles demanda el reconocimiento derechos individuales y colectivos, así como de derechos específicos que afiancen el reconocimiento de la diversidad cultural existente en nuestro Estado, tomando en cuenta la perspectiva de género y un lenguaje incluyente. Además del reconocimiento pleno de los derechos civiles, políticos, así como de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

El cuarto punto del documento presentado este 29 de junio señala que una reforma integral a la Constitución estatal deberá garantizar la protección de los derechos humanos en situaciones específicas que han generado su vulneración, como las que ocurren en los centros de internamiento del Estado, por lo que deberá establecerse que el sistema penitenciario tenga como base fundamental los derechos humanos y se garantice el pleno respeto de los derechos de las personas privadas de la libertad.

El quinto punto de esta propuesta de reforma a la Constitución local, considera fundamental la reorientación de algunos mecanismos que ayuden a garantizar la protección de los derechos humanos por instancias jurisdiccionales, por lo que se propone fortalecer el juicio de protección de derechos humanos.

El sexto punto del documento busca fortalecer al organismo público autónomo de derechos humanos, por lo cual propone ampliar las facultades de la Defensoría para hacer que las recomendaciones sean más efectivas y así fomentar en la autoridad una cultura de respeto y protección a los derechos humanos.

El séptimo punto de la propuesta elaborada por la Defensoría y asociaciones civiles hace un llamado al Congreso local para abrir un espacio amplio de análisis sobre la reforma a la Constitución del estado, enfatizando que es fundamental sumar esfuerzos con sociedad civil, instituciones académicas y todos aquellos actores que consideren la necesidad de adecuar nuestra Constitución a los contextos y necesidades actuales.

Firman este documento la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, su Consejo Ciudadano, el Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos, el Centro Regional de Derechos Humanos Bartolomé Carrasco Briseño, Servicios para una Educación Alternativa, el Centro Profesional Indígena de Asesoría, Defensa y Traducción.

También firman las agrupaciones Iniciativa Ciudadana Oaxaca, Iniciativa para el Desarrollo de la Mujer Oaxaqueña, A. C., Grupo Mesófilo, A. C., Asesoría Integral y Litigios Estratégicos a Pueblos Originarios A. C., Centro de Derechos Humanos Tepeyac, Centro Regional de Derechos Humanos Mahatma Gandhi, Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas A. C.

TEXTO ÍNTEGRO DEL POSICIONAMIENTO

URGENTE Y NECESARIA LA ARMONIZACIÓN A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PARA GARANTIZAR LA PROMOCIÓN, PROTECCIÓN Y RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS EN OAXACA

En el marco de un aniversario más de la reforma a la Constitución Federal en materia de derechos humanos, tomando en cuenta el contexto actual y la progresividad en el reconocimiento de los derechos humanos, quienes suscriben el presente pronunciamiento señalan que:

1.- El marco normativo actual es insuficiente y, por lo tanto, es necesario generar una reforma integral que permita la armonización de la Constitución local en materia de derechos humanos.

2.- Es necesario formular una propuesta de reforma integral en materia de derechos humanos, que retome los contenidos y derechos reconocidos en la reforma de junio de 2011 en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo establecido en los estándares contenidos en el corpus iuris  del derecho internacional de los derechos humanos.

3.- Es fundamental en la formulación de una reforma en materia de derechos humanos, considerar los siguientes elementos:

·La incorporación de principios rectores, como el control de constitucionalidad y convencionalidad, el principio pro persona, el principio de interpretación conforme; los principios de igualdad y no discriminación; así como, la universalidad;  interdependencia; indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos.

·El reconocimiento derechos individuales y colectivos, así como de derechos específicos que afiancen el reconocimiento de la diversidad cultural existente en nuestro Estado, tomando en cuenta la perspectiva de género y un lenguaje incluyente.

·El reconocimiento pleno de los derechos civiles, políticos, así como de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

4.- Una reforma integral a la Constitución deberá garantizar la protección de los derechos humanos en situaciones específicas que han generado su vulneración, como las que ocurren en los centros de internamiento del Estado, por lo que deberá establecerse que el sistema penitenciario tenga como base fundamental los derechos humanos y se garantice el pleno respeto de los derechos de las personas privadas de la libertad.

5.- En la construcción de una propuesta de reforma a la Constitución local, es  fundamental la reorientación de algunos mecanismos que ayuden a garantizar la protección de los derechos humanos por instancias jurisdiccionales, por lo que se propone fortalecer el juicio de protección de derechos humanos.

6.- En el ánimo de también fortalecer al organismo público autónomo de derechos humanos, se propone ampliar las facultades de la Defensoría para hacer que las recomendaciones sean más efectivas y así fomentar en la autoridad una cultura de respeto y protección a los derechos humanos.

7.- En este caminar, y con el objetivo de lograr una propuesta integral, es fundamental sumar esfuerzos con sociedad civil, instituciones académicas y todos aquellos actores que consideren la necesidad de adecuar nuestra Constitución a los contextos y necesidades actuales, por lo que se hace un llamado al Congreso del estado para abrir una espacio amplio de análisis sobre la reforma a la Constitución del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 29 de junio de 2015.

ATENTAMENTE

Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca,  Consejo Ciudadano de la Defensoría de los Derechos Humanos, Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos (Código DH), Centro Regional de Derechos Humanos Bartolomé Carrasco Briseño (Barca-DH), Servicios para una Educación Alternativa (Educa), Centro Profesional Indígena de Asesoría, Defensa y Traducción (CEPIADET), Iniciativa Ciudadana Oaxaca (ICO), Iniciativa para el Desarrollo de la Mujer Oaxaqueña, A. C. (IDEMO), Grupo Mesófilo, A. C., Asesoría Integral y Litigios Estratégicos a Pueblos Originarios A. C. (ASER-LITIGIO), Centro de Derechos Humanos Tepeyac, Centro Regional de Derechos Humanos Mahatma Gandhi, Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas A. C. (CEDHAPI).

 

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