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Resuelve TEEO juicios sobre pago de dietas a concejales y ciudadanos

OAXACA, OAX, diciembre 18.- En sesión pública, el Pleno el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca resolvió seis juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano y un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano en el régimen de los sistemas normativos internos, en los cuales los actores demandaron pago de dietas y aguinaldos, así como ser convocados a sesiones de cabildo en sus respectivos ayuntamientos.

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El primero de ellos, identificado con número JDC/118/2016, promovido por Antonio García Hernández en su carácter de Regidor del Ayuntamiento de Santa María Atzompa, en contra de la autoridad municipal por la negativa de convocarlo a sesiones de cabildo y pagarle dietas, bonos y aguinaldos.

Al analizar el asunto, los magistrados declararon fundados los agravios debido a que en las constancias que se encuentran en el expediente no se encontró que el Presidente Municipal de dicha localidad haya convocado y realizado sesiones de cabildo; asimismo, la autoridad responsable no presentó los documentos que acreditaran el pago de dietas y aguinaldos, por lo que se ordenó a este ayuntamiento a realizar el pago por concepto de dietas y aguinaldos  adeudados, así como convocar al actor a las sesiones de cabildo.

En el proyecto de resolución, relativo al JDC/134/2016, promovido por Modesto Aureliano Saavedra Pérez, Regidor de Santa María Zacatepec, el TEEO se declaró incompetente para conocer respecto al pago de dietas, vales de gasolina, gastos de representación y viáticos que reclamó el actor, por ser de naturaleza administrativa y no electoral.

Lo anterior debido a que la retención de dietas fue determinación tomada en sesión de Cabildo de Santa María Zacatepec, en la que acordaron que ante la falta injustificada de los concejales de asistir a sus oficinas se les retendrían las dietas correspondientes.  Respecto a la omisión de convocar al actor a las sesiones de cabildo, el Pleno del TEEO declaró fundados los agravios y ordenó a la autoridad municipal a convocarlo a dichas sesiones.

En lo que respecta al JDC/136/2016, iniciado por Ángel Hernández Miguel y Luis Arsenio Antonio Cervantes, regidores de San José Independencia, Tuxtepec, demandaron el pago de dietas ya que la autoridad responsable se niega a restituirlos en su cargo. Al respecto, los magistrados consideraron fundados los agravios debido a que en la sentencia de once de mayo de 2016, este tribunal determinó restituir a los actores y otorgarle las prerrogativas a las que tienen derecho, al hacer caso omiso a esta determinación judicial se ordenó nuevamente al citado ayuntamiento realizar el pago de dietas a los demandantes.

Respecto a los expedientes JDC/123/2016 y JDC/128/2016, el TEEO ordenó al Presidente Municipal de Santo Domingo Tonalá convocar a todos los integrantes del Ayuntamiento a sesiones de cabildo por lo menos una vez a la semana. Mientras que en el expediente JDC/30/2016, los magistrados ordenaron al Ayuntamiento de Huautla de Jiménez realizar el pago total de dietas a Rigoberto Díaz Hernández.

*Reconocen judicialmente a San Andrés el Alto como titular de los derechos colectivos a la autodeterminación, autonomía y autogobierno.

A través de una orden judicial determinada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca se reconoce a la comunidad de San Andrés el Alto como titular de los derechos colectivos a la autodeterminación, autonomía y autogobierno, vinculados con su derecho a la participación política efectiva, para determinar libremente su condición política.

Al resolver el JDCI/52/2016 mediante el cual Timoteo Padilla López, Agente de Policía de San Andrés el Alto, solicitó que se hiciera un pronunciamiento respecto a la obligación del Ayuntamiento de San Antonino el Alto, de otorgar a las autoridades legalmente reconocidas de la Agencia los recursos necesarios y suficientes para el adecuado ejercicio del cargo.

 

 

 

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