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Regula Congreso operación de guarderías y estancias infantiles en Oaxaca

+ Expide Ley que obliga a los CENDI´s de la entidad, incluidos los municipios, a adecuar sus instalaciones a la nueva normatividad en materia de protección civil, seguridad y salud, y otorga a las autoridades estatales facultades para amonestar el incumplimiento de dicha normatividad

SAN RAYMUNDO JALPAN, Oaxaca, julio 23 de 2020.- Integrantes de la LXIV Legislatura estatal aprobaron la creación de la Ley de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado, para garantizar la seguridad  y la vida de los niños y niñas oaxaqueñas.

Dicho instrumento jurídico, aprobado con 30 votos durante la sesión de este 22 de julio, tiene por objeto uniformar los principios, criterios y estrategias en la prestación de servicios y desarrollo de actividades de las guarderías y estancias infantiles en el Estado y sus municipios.

La Ley fue impulsada por la diputada Laura Estrada Mauro, del partido Morena, y los congresistas Alejandro Avilés Álvarez, del PRI, y Pável Meléndez Cruz, también de Morena.

La nueva legislación establece que las niñas y niños tienen derecho a la protección y asistencia especial del estado, por lo que todas las autoridades deben asegurarles el resguardo y el cuidado necesario para su bienestar.

Lo anterior se realizará mediante servicios e instalaciones de su guarda y cuidado cuando sus padres trabajen. Dichas instituciones, servicios y establecimientos deberán cumplir con las normas y estándares, lineamientos, medidas y requerimientos en materia de protección civil, sanitarias y de seguridad.

En este sentido, los centros de atención que se encuentren operando, con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, contarán con el plazo de un año para adecuar sus instalaciones y su normatividad interna, a fin de obtener la autorización respectiva.

El Gobierno del Estado y los ayuntamientos deberán también realizar las adecuaciones y adiciones a la legislación en materia de Protección Civil, en el orden estatal y municipal, así como adoptar medidas, especialmente económicas y técnicas para lograr la efectividad de dicha normatividad.

Asimismo, la legislación permite la participación de los sectores privado y social en materia de prestación de servicios de los Centros de Atención Infantil, garantizando así el acceso de niñas y niños a dichos servicios, en condiciones de igualdad, calidad, calidez, seguridad y que promueva el ejercicio pleno de sus derechos.

La ley atribuye al titular del Poder Ejecutivo estatal la responsabilidad de imponer, por conducto de las autoridades de Protección Civil, la Secretaría de Salud y el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, las sanciones que correspondan en su ámbito de competencia,  por el incumplimiento a las disposiciones de esta ley.

También, crea el Sistema y el Consejo Estatal de los Centros de Atención como una instancia normativa de consulta y coordinación,  para dar seguimiento a las acciones que permitan establecer políticas públicas y estrategias de atención en la materia.

Las disposiciones reglamentarias de esta ley, deberán ser expedidas por el Gobierno del Estado, así como por los ayuntamientos en un plazo de 180 días naturales, contados a través de la entrada en vigor de la misma.

La legislación cuenta con 84 artículos distribuidos en 19 Capítulos respecto a la inspección y vigilancia, medidas precautorias, sanciones e infracciones, capacitación y certificación de los Centros, así como siete Artículos Transitorios.

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