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Ordena TEEO a Segego designe nuevo Comisionado Municipal en San Antonio de la Cal

+ Alfonso Escobar Mateos cumplió más de 60 días en el cargo, por lo que de acuerdo con el Artículo 79, fracción XV, de la Constitución estatal, deberá nombrarse a otro responsable

OAXACA, OAX., noviembre 13 de 2020.- El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), en sesión de resolución no presencial celebrada este viernes, ordenó a la Secretaría General de Gobierno (Segego) deje sin efecto el nombramiento del actual Comisionado Municipal de San Antonio de la Cal, Oaxaca, Alfonso Escobar Mateos, y designe a nuevo administrador.

En un comunicado de prensa el TEEO dio a conocer que en el expediente del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el régimen de Sistema Normativos Internos, identificado con la clave JDC/75/2020, los magistrados del Tribunal determinaron, por unanimidad, que el actual comisionado, Escobar Mateos, rebasó los 60 días naturales en el cargo como lo establece el Artículo 79, fracción XV, de la Constitución estatal.

En consecuencia, pidieron a la Secretaría General de Gobierno, que ahora dirige Francisco García López, que conforme a sus facultades nombre a persona diversa, quien no podrá ejercer en el cargo por más de 60 días naturales.

En el mismo expediente, el pleno del TEEO escindió el agravio relativo al nombramiento del Consejo Municipal en San Antonio de la Cal, toda vez que este asunto se encuentra en estudio en la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

RESOLUCIÓN POR VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO EN XITLA Y MATÍAS ROMERO

Por otra parte, también en sesión pública no presencial, el pleno del TEEO resolvió dos casos de violencia política en razón de género suscitados en los municipios de Santa Cruz Xitla y Matías Romero Avendaño.

El primero de estos casos corresponde al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el régimen de Sistema Normativos Internos identificado con la clave JDCI/41/2020, por unanimidad, la magistrada y los magistrados de este Tribunal determinaron la restitución en el cargo como Regidora de Educación de la actora, en el Ayuntamiento de Santa Cruz Xitla.

En consecuencia, se le restituye a la actora sus derechos político electorales; además, se ordenó al Síndico Municipal que efectúe los pagos de dieta a la afectada y la convoque a sesiones de Cabildo.

Por otro lado, la magistrada y los magistrados de este órgano jurisdiccional de Oaxaca resolvieron en el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano identificado con la clave JDC/47/2020 y su acumulado JDC/48/2020, que se acreditó la violencia política en razón de género en contra de la actora, consistente en la obstrucción en el cargo por parte de quien fungía como Presidente Municipal de Matías Romero Avendaño.

Dado el clima de violencia, la actora permanece refugiada en un lugar diferente a esta localidad; en consecuencia, la magistrada y los magistrados del TEEO ordenaron a los integrantes del Ayuntamiento responsable y a las autoridades vinculadas, permitir a la afectada que tenga acceso a la información oficial necesaria para cumplir con sus funciones.

Además, se ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) inicie el proceso especial sancionador por este caso.

Con esta resolución se dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia emitida por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente SX-JDC340/2020 y acumulados SX-JDC341/2020 y SX-JE-108/2020.

 

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