La atención y apoyo a las personas con discapacidad no es exclusivo del gobierno, sino un compromiso de todos los sectores de la sociedad, tal como lo señala la nueva Ley de Atención a Personas con Discapacidad, aprobada por la LX Legislatura local el año pasado, la cual tiene como finalidad normar las medidas y acciones que contribuyan al desarrollo integral de estas personas en iguales condiciones de calidad de vida, oportunidad, derechos y deberes que el resto de los individuos.
En el marco de este Mes de la Discapacidad, es importante resaltar que Oaxaca cuenta con una ley moderna y efectiva en la materia cuyos objetivos son asegurar el máximo desarrollo de este sector para que tenga plena participación social, así como el ejercicio de los derechos y deberes establecidos en la legislación; garantizar la igualdad de oportunidades y eliminar cualquier tipo de discriminación hacia ellos y ellas.
A través de 98 artículos que conforman esta ley, impulsada por los integrantes de la LX Legislatura, se busca que los derechos de los discapacitados sean reconocidos sin distinción por origen étnico o nacional, género, edad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra su dignidad, derechos y/o libertades.
Consta de 16 capítulos donde se establece la creación de los consejos estatal y municipales de las personas con discapacidad como un órgano permanente de coordinación interinstitucional, de carácter honorario que tiene por objeto contribuir al establecimiento de una política de Estado en la materia, promover, apoyar, fomentar vigilar y evaluar las acciones, estrategias y programas derivados de esta norma.
Asimismo, de los derechos que establece para este sector como es el derecho a la salud y rehabilitación, a la educación especial y al proceso de integración educativa, al empleo y la capacitación y a la promoción y defensa de sus derechos e instaura también obligaciones de la familia y la sociedad para buscar información y orientación, enlazarse con otras personas o con instituciones públicas o privadas para lograr una plena integración de la persona con discapacidad en todos los ámbitos.
La ley señala además que los prestadores de servicios públicos deberán tener en cuenta la accesibilidad de las personas con movilidad reducida, o cuya capacidad de orientación se encuentre disminuida por la edad, analfabetismo, limitación o enfermedad; se suprimirán y evitarán toda clase de barreras físicas en el diseño y ejecución de las vías y espacios públicos y del mobiliario urbano, así como en la construcción o reestructuración de edificios y espacios de propiedad pública o privada.
En cuanto a las medidas, facilidades urbanísticas y arquitectónicas se establece que en las futuras construcciones, ampliaciones o remodelaciones de edificios, parques, aceras, jardines, plazas, vías, servicios sanitarios, rampas, teléfonos públicos, cajeros automáticos, cajas en los bancos, etcétera, deberán de adecuarse para que sean accesibles a las personas con discapacidad.
Este sector, conforme a la ley tiene derecho a contar con preferencias que les permitan su transporte y libre desplazamiento, al igual del derecho a la información y comunicación, al desarrollo social y acceso al arte, la cultura, el deporte y las actividades recreativas y será el consejo, a través del Sistema DIF-Oaxaca, quien promoverá que las autoridades competentes del Estado, inspeccionen y vigilen el cumplimiento de la norma, mientras que las violaciones a la ley serán sancionadas en el ámbito de sus respectivas competencias por la administración pública estatal y municipal.