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Aplicará IFE normas por actos anticipados de campaña

MÉXICO, D.F., febrero 16.- El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), en una segunda sesión extraordinaria del día, aprobó por unanimidad de votos el acuerdo por el que se emiten normas reglamentarias sobre actos anticipados de campaña durante el Proceso Electoral Federal (PEF) 2011-2012.

Luego de haber iniciado hoy el periodo denominado como intercampaña, mismo que concluye el 29 de marzo.

Al respecto, el Consejero Presidente del IFE, Leonardo Valdés Zurita, enfatizó que “el periodo de intercampaña no es un periodo para la competencia comicial”, por lo que reglamentar los actos anticipados de campaña es un requisito para dar equidad a la contienda electoral y claridad a los actores políticos.

Explicó que durante la reforma electoral 2007-2008 se consideraron dos premisas: la primera, evitar una exposición inequitativa en los medios electrónicos de comunicación que distorsionara las contiendas electorales, y la segunda, que existan campañas electorales cortas y menos costosas.

Leonardo Valdés mencionó que en este periodo de intercampaña la ley dispone que se lleve a cabo el registro de las plataformas electorales de los partidos políticos; se resuelvan las posibles controversias internas de los partidos y las coaliciones electorales que se hayan generado en la asignación de candidaturas.

Así también fiscalizar los recursos invertidos en precampañas. Y principalmente restringe el acceso de los partidos políticos, coaliciones, precandidatos y candidatos a los tiempos del estado en la radio y la televisión, y evita la realización de actos anticipados de campaña como reuniones públicas, asambleas y marchas.

De esta manera, recalcó que el IFE se compromete con la aplicación de la ley y prueba de ello es el proceso electoral de 2009, cuando las normas reglamentarias sobre actos anticipados de campaña fueron aplicadas con éxito.

Por tanto, Valdez Zurita, aseguró que la elección de 2012, no será la excepción.

En este sentido, el acuerdo aprobado señala que durante este periodo, que inició este 16 de febrero y concluye el 29 de marzo, los partidos deberán abstenerse de exponer sus plataformas políticas a través de sus precandidatos y candidatos.

Además, estos últimos no podrán promoverse ante la sociedad y llamar al voto en actos proselitistas. Tampoco hacer uso de los tiempos en radio y televisión, pues serán destinados exclusivamente para las autoridades electorales.

El acuerdo señala, que no podrán celebrarse debates entre precandidatos, candidatos, partidos políticos o coaliciones en la radio y la televisión.

El texto aclara que la libertad de expresión de los precandidatos y candidatos, así como sus derechos a los medios de comunicación para ejercer su labor periodística al realizar entrevistas, están salvaguardados en todo momento.

Los medios de comunicación pueden realizar entrevistas y difundir notas periodísticas sobre los partidos políticos y coaliciones, pero tienen prohibido, para ello, comercializar tiempos en radio y televisión.

Se estipula que los partidos podrán difundir propaganda política de carácter genérica conforme a los límites fijados en las leyes, siempre y cuando no promuevan candidaturas, no soliciten el voto a su favor para la jornada electoral federal o incluyan mensajes alusivos al PEF 2011-2012.

Asimismo, contempla que a más tardar el 1 de marzo de 2012 deberá quedar retirada toda propaganda de precampaña en bardas contratadas o asignadas por autoridades, así como en espectaculares.

También, deberán quitarse las mantas colocadas en el equipamiento urbano y cualquier propaganda emitida por cualquier otro medio de difusión que haga referencia a precandidatos, precampañas o candidatos.

A partir del 16 de febrero de 2012 y hasta el 29 de marzo podrá permanecer solamente la publicidad exterior sobre propaganda política genérica de los partidos políticos, siempre y cuando no haga referencia alguna a la promoción del voto a favor o en contra de partido, coalición o persona, a cargos de elección popular o al proceso electoral.

 

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