OAXACA, OAX., marzo 28.- La totalidad de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), exhibieron el desconocimiento y aplicación de la Ley de Medios de Impugnación de Oaxaca, de los magistrados del Tribunal Estatal Electoral (TEE), pues les regresaron el caso de la impugnación de los nombramientos de directores ejecutivos que interpusieran el PRI, MC y PUP.
Tras las impugnaciones realizadas por esos institutos políticos ante el TEE, los magistrados del tribunal local, encabezados por Ana Mireya Santos, determinaron erróneamente, turnar el caso al TEPJF, basados en que las impugnaciones respecto a los nombramientos de autoridades electorales, “lo conocerá exclusivamente la Sala Superior del TEPJF”.
No obstante, analizado el caso, por unanimidad de los magistrados de la sala superior del TEPJF, el recurso de apelación como un medio de defensa para garantizar la legalidad de los actos o resoluciones de los órganos centrales del Instituto Estatal Electoral de Oaxaca, cuyo conocimiento y resolución, “corresponde al Tribunal Estatal Electoral del Estado de Oaxaca”.
“En esas condiciones, el recurso de apelación constituye el medio de impugnación, a nivel local, idóneo para controvertir los acuerdos en cuestión y, por ende, es claro que antes de acudir a la instancia federal debe atenderse el principio de definitividad, pues en caso contrario el correspondiente medio de impugnación federal resultaría improcedente, y por ende, motivaría a desechar la demanda respectiva”, aclararón los magistrados federales a los locales que encabeza Ana Mireya Santos.
“Relativo a la administración de justicia por los tribunales de manera expedita, pronta, completa e imparcial, se determina que es el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, el que debe conocer del recurso de apelación citado, para resolver la controversia planteada por los promoventes”, completa el argumento.
En la sentencia asentada en el expediente SUP-AG-45/2012 y acumulados, la Sala Superior del TEPJF, establece que la pretensión del TEE, “no puede ser analizada en el medio de impugnación federal, pues dicha pretensión puede analizarse a través de la vía legal procedente como lo es el Recurso de Apelación previsto en el artículo 42 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Oaxaca”.
Por lo tanto, tendrán que ser los magistrados del TEE quienes dictaminen sobre la impugnaciones a los nombramientos de los directores ejecutivos del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPC), por sus afinidades, filiaciones políticas partidistas y porque carecen de los conocimientos básicos en materia electoral.
Y es que el pasado 13 de febrero, por mayoría, los consejeros electorales, eligieron a los titulares de las Direcciones de Capacitación Electoral, de Organización Electoral, de Prerrogativas y Partidos Políticos, y de Usos y Costumbres, los cuales integrarán la Junta Ejecutiva del órgano electoral.
No obstante los nuevos funcionarios tienen militancia y afinidad política del PAN y PRD.
A César Enrique Silva Domínguez, ex administrador del municipio de San Raymundo Jalpan, los consejeros lo designaron como Director Ejecutivo de Capacitación Electoral, a propuesta del presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado y diputado del PAN, Juan Mendoza Reyes.
A Eginardo Hernández Andrés, como Director Ejecutivo de Organización Electoral, militante activo y ex candidato a diputado del PAN, a propuesta del ex diputado local del PAN y actual subsecretario de derechos humanos del gobierno del estado, Dagoberto Carreño Gopar, así como de la dirigencia estatal del PAN.
Gelacio Morga Cruz, asesor del municipio perredista de Etla, del PRD en el Congreso del Estado, fue nombrado como Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos. Ello a propuesta de los grupos afines a la Unión Campesina Democrática (UCD).
Mientras que a la socióloga, Gloria Zafra, como Directora Ejecutiva de Usos y Costumbres, a propuesta del titular del IEEPC, Alberto Alonso Criollo, quien para sacar adelante esta propuesta, tuvo que aceptar los acuerdos políticos con los consejeros, y los representantes de partidos políticos.
En tanto, eligieron a Dolores Prado Martínez, como la directora de la Unidad de Fiscalización de Recursos de los Partidos, del IEEPC. También a propuesta del PRD. Esta es esposa del oficial mayor del PRD, Juan Pérez.
Frente a ello, los representantes del PUP y MC, argumentaron en su impugnación ante el TEE que los acuerdos del consejo general de IEEPC, mediante el cual se legalizaron los nombramientos, “atentan en contra de la imparcialidad e independencia de la función electoral del órgano electoral local denominado “Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana”.
Con una serie de pruebas y documentos el representante del MC ante el IEEPC, Ricardo Coronado Sanginés, dijo que los perfiles de los directores ejecutivos contravienen el Código Electoral Local.
En tanto, la presidenta del PRI, María del Carmen Ricárdez Vela, argumentó en su documento de impugnación que en el proceso de selección de los nuevos directores, hubo violaciones al procedimiento de selección, estos no cumplen con los requisitos, no acreditan conocimientos, experiencia y hubo flagrantes violaciones a la imparcialidad.
En esa misma sintonía, el PUP, hizo lo propio ante el tribunal electoral local.