A RESERVA.- Casi del dominio popular es que la Educación es un derecho humano fundamental, inscrito en el artículo 3º constitucional; que debe ser pública, laica, científica y gratuita, ahora obligatoria desde párvulos hasta la preparatoria, y que es el Estado el responsable absoluto de garantizar el acceso de todas y todos.
El resto ya no queda claro para la ciudadanía, menos para algún sector del profesorado y lo peor es que en otros casos tampoco para el gobierno: Que es la SEP la que está a cargo de ejecutar este mandato constitucional y se cumple en principio mediante la instrucción escolarizada que se imparte en las escuelas tanto las públicas como las privadas, -que solo adquiere la concesión del estado y deben suscribir su encargo íntegramente a la normatividad vigente en la materia-; que dicha obligación está personalizada en las y los maestros quienes se obligan subsidiariamente a impartir los conocimientos inscritos en los planes y programas de estudio autorizados al alumnado en el grado que corresponda.
Hasta aquí encontramos ya algunos desfases con la realidad, pero se debe aclarar -rascando un poco en los documentos oficiales- que algunas de las prácticas que tanto molestan a la sociedad respecto del magisterio y que imputamos a su “desobligación” son norma autorizada desde las acciones gubernamentales de hace muchos años y que, ni duda cabe, que fueron promovidas o cuando menos aplaudidas por la cúpula sindical del SNTE y claro que la disidencia no objetó, preciso, la coordinadora a la que pertenece la Sección 22 en Oaxaca.
La referencia solo a un acuerdo suscrito con el No 96/12-07-82 firmado por el Secretario de Educación Pública, Fernando Solana, que establece la organización y funcionamiento de las escuelas primarias.
Solo algunos de sus artículos:
Artículo 2º.- Las escuelas de educación primaria son instituciones destinadas a proporcionar educación general básica, cuyo objetivo primordial es dotar al educando de la formación, los conocimientos, y las habilidades que fundamentan cualquier aprendizaje posterior, así como propiciar el desarrollo de las capacidades individuales y la adquisición de hábitos positivos para la convivencia social.
Artículo 3º.- Corresponde a las escuelas de educación primaria…V.-Desarrollar los contenidos educativos de modo que los conocimientos, las habilidades, los hábitos y las aptitudes que se adquieran, sean aplicables en la vida ulterior del educando.
Artículo 4º.- La educación primaria impartida en los planteles a los que se aplica este acuerdo, deberán ajustarse a las normas jurídicas y pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio aprobados por la Secretaría de Educación Pública.
En caso de que se requiera modificarlos para su adaptación a la realidad y necesidades culturales, sociales y económicas de la región en donde se ubique el plantel, se requerirá de autorización expresa de la Secretaría de Educación Pública, a través de la dirección o delegación general correspondiente.
Artículo 18.- Corresponde al personal docente… XVII.-Asistir puntualmente a la escuela, de acuerdo con los horarios vigentes, absteniéndose de abandonar sus labores durante el tiempo señalado.
Artículo 37.- Con objeto de establecer un orden disciplinario dentro del plantel, el director adoptará las siguientes medidas… III.-Vigilar la regular y puntual asistencia del persona a sus labores, comunicar por escrito sus inasistencias justificadas o no a las autoridades competentes, así como elaborar las actas administrativas en los términos de las disposiciones legales aplicables;
A saber, el cumplimiento hasta aquí es muy cuestionable, en cambio cuando se refiere a horas de trabajo, se cumple al pie de la letra. Verificando, a la letra dice:
Artículo 8º.- Las escuelas primarias se clasifican… VII.-Por su turno de trabajo:
- a) Matutinas: escuelas cuya función docente es realizada de las 8:00 a las 12.30 horas.
- b) Vespertinas: escuelas en que la función docente se realiza de las 14:00 a las 18.30 horas
En teoría la educación es una práctica que tiene dos efectos: la capacitación y la formación. La práctica refiere a la labor que realizan agentes especializados sobre una materia prima (alumnado) con instrumentos adecuados. Estos agentes especializados son los y las docentes, encargados de transformar en sujetos adaptados a una determinada sociedad. La práctica educativa tiene como finalidad la capacitación y formación cuya finalidad es posibilitar dicha adaptación.
La capacitación implica la instrucción que sirve a las personas para desarrollar su inteligencia individual, transmite conocimientos y forma la razón. En cambio, la formación se refiere a la adquisición de actitudes, normas, valores, y un código ético y moral; forma la actitud para ver la realidad de una manera socialmente congruente, lo cual posibilita al alumno o alumna adaptarse a aquello que es normativo en una sociedad.
Entonces, ¿qué efectos produce la práctica educativa? En principio la posibilidad de reconocer el mundo y ubicar al sujeto en su realidad y contexto histórico desde el entendimiento reflexivo que le permita decidir su papel y desarrollo inmerso en su sociedad ; los y las estudiantes tendrán las herramientas para competir en el campo laboral y productivo desde mejores posibilidades elegidas por sí mismo, adjudicanse en mayor medida su propio “destino”.
Por supuesto es innegable la visión moderna neoliberal globalizadora de la “educación y el desarrollo”, impulsada por organismos como la CEPAL y la UNESCO, que genera la expectativa que sostiene una relación necesaria entre la vorágine de cambios tecnológicos y la nueva organización del trabajo; condiciones de empleo y calificación de los recursos humanos.
Esta nueva visión, señala la necesidad de impulsar la transformación de la educación, aumentar el potencial científico-tecnológico de cada región con miras a la formación de una ciudadanía moderna, vinculada tanto a la democracia y la equidad como a la competitividad internacional.
La definición de las nuevas políticas educativas en México deben considerar los factores económico y social, para introducirse en los desafíos del contexto internacional (revolución científico-tecnológica, globalización de los mercados) y la realidad diversa que permea en los contextos socio-económicos del país.
Lo que es cierto y comprobado es que la educación debe ser una herramienta privilegiada para el cambio social y la construcción de un México más justo, una forma eficaz para luchar contra la pobreza y construir igualdad.
Los estados más pobres del país mantienen la relación entre pobreza y educación en un círculo vicioso en la que uno y otro proceso se retroalimentan entre sí, provocando día a día como en una espiral descendente, mayores niveles de miseria. Pobreza, escuela de calidad deficiente y trabajo infantil, sumado a los déficits de la cultura de la pobreza de su medio familiar y social, integran una intrincada madeja, que empobrece a las personas, al sistema escolar y al propio sistema social.
Oaxaca la segunda entidad con mayor pobreza ocupa el segundo lugar de mayor rezago educativo en el país. Hoy el magisterio oaxaqueño nuevamente abandonó las aulas al grito de no a la reforma educativa, una vez más ser maestra o maestro se define bajo los privilegios laborales y los acuerdos económicos a los que se han venido sumando los intereses políticos; no, no se trata de ideología ni de actitudes revolucionarias, en todo caso son absolutamente conservadoras.
Afirman que el plantel docente de Oaxaca y en consecuencia la estrategias educativa no es igual a los demás del país, ¿Cómo podrían ser iguales? Aquí, “somos pobres, indígenas, nos reclamamos revolucionarios, diferentes y por supuesto y claro de la Coordinadora, de la 22 pues…”
Haciendo nuevamente referencia al citado acuerdo 96, y solo por argumentar, al respecto se cita el Articulo 11.- La educación primaria y primaria bilingüe-bicultura que se imparta en los planteles dependientes de la Secretaría de Educación Pública,ubicados en las entidades federativas, será organizada, operada, desarrollada y supervisada por la Delegación General de la Secretaría de Educación Pública correspondiente, conforme a las disposiciones del Reglamento Interior de la propia Secretaría, a lo establecido por el presente ordenamiento y a las normas que emitan las Direcciones Generales de Educación Primaria y de Educación Indígena.
Claro que buena parte de docentes han dejado atrás la mística del apostolado, los postulados magonistas e incluso los del maestro rural Lucio Cabañas quien pensaba que “ser maestro es la forma de cumplir un deber social, de cumplir un papel altamente honroso en la vida, de llenar una misión con la humanidad, con los que vienen”.
Tal vez la reforma no sea lo mejor, pero del magisterio esperaríamos una lucha diferente, como dijo Paulo Freire…”La lucha ya no se reduce a retrasar lo que acontecerá o asegurar su llegada; es preciso reinventar el mundo. La educación es indispensable en esta reinvención”.
@BarbaraEGCH