OAXACA, OAX., noviembre 21.- Una de las preguntas más frecuentes de los connacionales que tienen hijos nacidos en otro país es la de cómo realizar el trámite de la doble nacionalidad.
Es importante señalar que los hijos nacidos en el extranjero de padre y/o madre mexicanos por nacimiento tienen derecho a obtener la nacionalidad mexicana, de conformidad con lo establecido por el artículo 30 sección A fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta condición se formaliza mediante el registro de los hijos ante una representación consular mexicana (Consulado mexicano) o la inscripción del acta extranjera en las oficinas del Registro Civil en México.
Los padres deben estar enterados que al registrar a sus hijos como mexicanos, después de haber seguido el procedimiento correcto, no pierden la nacionalidad del país donde nacieron.
¿Pero, cómo se realiza el trámite de la doble nacionalidad, también conocido como inserción de extranjería)
Cuando el registro de nacimiento sucede en otro país, es necesario acudir a la instancia correspondiente a solicitar la apostilla del acta de nacimiento.
¿Qué es la apostilla?
Este trámite consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público fueron puestos por una autoridad en uso de sus facultades. La apostilla, al igual que la legalización, únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo.
En la mayoría de los casos, como sucede con documentos estadounidenses, que van a surtir efectos en México, deberán contener una certificación denominada Apostilla que se obtiene en las llamadas Oficinas del (la) Secretario (a) de Estado (Secretary of State) de cada uno de los Estados de la Unión Americana, cuyos datos pueden consultarse en Autoridades Apostillantes en los Estados Unidos de América.
¿Qué proceso sigue si ya tengo el acta apostillada?
El trámite de la doble nacionalidad se puede realizar directamente en los consulados mexicanos más cercanos, pero si se tiene pensado regresar a su lugar de origen deberán acudir directamente en las oficinas del Registro Civil para presentar:
- Identificación Oficial del compareciente
- Acta Original que se levantó en el extranjero debidamente apostillada
- Traducción autorizada al español, que se realiza en las oficinas centrales del Registro Civil con costo de 344 pesos
- Pago de derechos de 688 pesos
Para tener en cuenta:
Luego de realizar el trámite de la doble nacionalidad no se entregará el acta de nacimiento que comúnmente se entrega a nacidos en territorio nacional, en este caso el Registro Civil entrega el registro de inscripción de nacimiento que tiene la misma validez que el acta de nacimiento.
Es importante que para realizar este trámite los padres de familia lo hagan por la vía correcta, evitando realizar el registro de nacimiento en México como si sus hijos nacidos en el extranjero hubiesen nacido en territorio nacional, ya que este hecho solo complicaría las cosas, con problemas a futuro.
Para mayor información, los interesados pueden consultar en www.registrocivil.oaxaca.gob.mx o comunicarse lada sin costo al 01 800 27 65 300