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Restituye Tribunal Electoral a Salvador López como presidente municipal de Comaltepec

OAXACA, OAX., junio 30.- Salvador López Krauletz fue restituido por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) en el cargo de presidente municipal en Santiago Comaltepec, Ixtlán de Juárez, región de la Sierra Norte.

Sesión-Ieepco-ine-Tribunal-electoral--(6)Y es que los magistrados resolvieron el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía en el régimen de sistemas normativos internos, identificado con la clave JDCI/30/2016, promovido por López Krauletz, en contra del acuerdo IEEPCO-CG-SNI-10/2016 emitido por el Consejo General del IEEPCO, mediante el cual se declaró valida la asamblea de elección del 3 de enero de 2016, en la que se destituyó del cargo y se nombró al nuevo presidente municipal en Comaltepec.

En el análisis del asunto, los magistrados revocaron el acuerdo impugnado debido a que al no estar presente López Krauletz en dicha asamblea de destitución, permanencia o remoción del cargo, se violó su garantía de audiencia, seguridad jurídica y debido proceso que debe tener todo juzgamiento comunitario; en consecuencia, ordenaron restituirlo en su carácter de presidente municipal de Santiago Comaltepec.

Por su parte, Óscar González Antonio, candidato propietario a presidente municipal de San Juan Bautista Tlacoatzintepec, Loma Bonita, por la coalición PRI-Verde Ecologista, promovió el JDC/75/2016, mediante el cual impugnó la omisión del Consejo General de IEEPCO de asentar su nombre en la boleta electoral utilizada el pasado cinco de junio, por lo que solicitó la nulidad de la elección.

Respecto a este asunto, se declararon infundados los agravios hechos valer por González Antonio, debido a que con fecha 5 de mayo la coalición antes mencionada solicitó modificar la integración de su planilla, cambiando al demandante para la segunda posición; sin embargo, la autoridad responsable no aprobó dicha modificación.

Aunado a lo anterior, con fecha 9 de junio del presente año la autoridad responsable expidió constancia de asignación en favor del mismo como Concejal electo por el principio de representación proporcional, razón por la cual se estimó que se respetó la posición número uno del actor en la planilla del citado municipio.

Por otro lado, Luis Antonio García Luna, representante propietario del PAN ante el Consejo Municipal Electoral de Oaxaca de Juárez, promovió el recurso de apelación RA/48/2016 en contra del acuerdo CQD/PSE/166/2016 por el cual el Consejo General del IEEPCO desechó la denuncia en contra de Osvaldo García Jarquín, candidato registrado por el partido MORENA, por la presunta realización de actos anticipados de campaña.

Los magistrados declararon infundados los agravios ya que de las pruebas recabadas no se encontraron medios probatorios idóneos y suficientes para acreditar su existencia.

 

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