SAN RAYMUNDO Jalpan, Oaxaca, septiembre 19.- A dos meses de dejar el cargo, la LXII Legislatura del Estado reformó la Constitución y la Ley Estatal de Fiscalización Superior del Estado para que los jefes que vienen puedan proceder penalmente contra funcionarios de elección popular (diputados y presidentes municipales) con sólo una querella del Auditor Superior del Estado (ASE), claro previa autorización de la Junta de Coordinación Política (JCP), que dominará el PRI.
Además, los representantes populares que se van dejan establecido que las facultades de la ASE para fincar responsabilidades prescribirán hasta por un lapso de tres años.
También, cualquier ciudadano podrá formular su denuncia ante el Poder Legislativo para solicitar “juicio político” en contra de servidores públicos, pero la decisión final será tomada por la JCP.
De paso, los nunca bien ponderados diputados y diputadas de la feneciente LXII Legislatura del Estado modificaron la Constitución estatal para para que el gobernador electo, Alejandro Ismael Murat Hinojosa –una vez que entre en funciones a partir del 1 de diciembre– pueda ausentarse de Oaxaca hasta por un lapso de 20 días sin necesidad de pedir permiso al Congreso del Estado.
Y es que la Constitución establecía en su Artículo 81, fracción VI, que el Gobernador no podrá salir del territorio del Estado por un lapso mayor de 10 días sin permiso de la Legislatura y en sus recesos de la Diputación Permanente.
Si es por menor tiempo, bastará con dar aviso a la Legislatura y cuando las necesidades de la administración lo requieran, puede ausentarse de la capital para trasladarse a cualquier punto del Estado por el tiempo que estime conveniente.
Sin embargo, ese texto constitucional fue modificado por la feneciente Legislatura. Ahora se estableció que Gobernador del Estado no podrá salir del territorio por un lapso mayor de 20 días, sin permiso de la Legislatura y en sus recesos de la Diputación Permanente, y cuando las necesidades de la administración lo requieran puede ausentarse de la capital para trasladarse a cualquier punto del Estado por el tiempo que estime conveniente.
Jubiloso, como si se tratara de un avance democrático, el diputado presidente de la Junta de Coordinación Política (JCP) de la LXII Legislatura y cuestionado coordinador de la bancada del PAN, Gerardo García Henestroza, refirió que en el conjunto de reformas aprobadas ahora también se procederá penalmente contra funcionarios de elección popular, pero se requerirá querella del Auditor, previa autorización de la Junta de Coordinación Política.
Además, se establecen las facultades de la Auditoria para fincar responsabilidades que prescribirán en tres años.
Actualmente, la Ley de Responsabilidades de los servidores públicos del Estado y municipios de Oaxaca establece que “el juicio político sólo podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo, cargo o comisión, y dentro de un año después de la conclusión de sus funciones”.
Las sanciones respectivas se aplicarán en un período no mayor de un año a partir de iniciado el procedimiento.
El Artículo 13 establece que corresponde al Congreso del Estado iniciar el juicio político, constituyendo al efecto una Comisión Instructora Permanente para sustanciar el procedimiento consignado en el presente Capítulo y en los términos de la Ley Orgánica y del Reglamento Interno del Congreso.
En el Artículo 14 se delinea que cualquier ciudadano bajo su más estricta responsabilidad y mediante la presentación de elementos de prueba, podrá formular por escrito denuncia ante el Congreso del Estado, ofreciendo, en su caso, aquellas pruebas que por su naturaleza necesiten de determinado plazo para su presentación; presentada la denuncia y ratificada dentro de tres días naturales, el Presidente del Congreso turnará aquellas con la documentación que la acompañe a la Comisión Instructora, para que dictamine sobre la conducta atribuida y si el inculpado está comprendido entre los servidores públicos, así como si la denuncia es procedente y por lo tanto amerita la incoación del procedimiento.