OAXACA, OAX, marzo 9.- Por mayoría de votos, magistrados del Tribunal Electoral del Estados de Oaxaca (TEEO) ordenaron al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca incluir el otorgamiento de financiamiento público a favor de los partidos políticos Encuentro Social y Verde Ecologista de México, para el ejercicio 2017.
Lo anterior, al resolver los recursos de apelación RA/04/2017, RA/06/2017 y RA/08/2017, promovidos por dichos partidos en contra del acuerdo IEEPCO-CG-01/2017, mediante el cual el Instituto Electoral estableció las cifras del financiamiento público para el presente año y en el que se les negó por no alcanzar el 3% de la votación exigida. Sin embargo, el TEEO observó que si bien no obtuvieron la votación exigida también es cierto que no perdieron su registro como partidos políticos nacionales, por lo que no deben ser privados de manera total a dicho financiamiento.
Por otro lado, en los expedientes RA/01/2017, RA/03/2017 y RA/07/2017, luego del análisis de las constancias, los magistrados acreditaron que el Instituto Electoral de manera ilegal disminuyó los montos correspondientes al mes de diciembre del 2016 del financiamiento determinado con anterioridad para los partidos políticos, al revocar implícitamente la parte relativa de su acuerdo IEEPCO-CG-4/2017, en el que ya habían acordado que les correspondía una cantidad mayor.
En ese sentido, ordenaron al IEEPCO gestionar las adecuaciones y ampliaciones presupuestarias necesarias para cumplir con el mencionado acuerdo, a favor de los partidos políticos Nueva Alianza, Acción Nacional, de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano, MORENA, Encuentro Social, Unidad Popular, Social Demócrata y Renovación Social, y se les otorgue lo acordado al mes de diciembre del año pasado, a fin de hacer valer sus derechos y garantías de recibir sus prerrogativas. Ante ello, el Tribunal Electoral vinculó a la Secretaría de Finanzas y al Gobierno del Estado para el cumplimiento de esa sentencia.
INSTALA ALEJANDRO LÓPEZ JARQUÍN A TOMAR PROTESTA A GUILMAY GUZMÁN COMO CONCEJAL SUPLENTE
Por otra parte, al resolver el JDC/22/2017, el Tribunal Electoral ordenó al presidente de Santa Cruz Xoxocotlán, Alejandro López Jarquín, tomar protesta a Guilmay Reyna Guzmán Riaño, como Concejal Suplente del citado Ayuntamiento.
Ello, al considerar que ante la renuncia de la concejal Lilia Sánchez Trujillo, la autoridad responsable debió notificar a Guilmay Guzmán en términos de lo previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, a efecto que asumiera el cargo como Regidora del Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán, por lo que los magistrados ordenaron tomarle la protesta en un plazo de tres días hábiles a partir de su notificación.
En otro asunto, el órgano electoral validó la acreditación a favor de Olivia García Hernández como Agente Municipal de San Juan Sosola, luego de analizar el JDCI/48/2017 y acreditar que García Hernández resultó electa en Asamblea de cuatro de diciembre del 2016, lo que consta en acta de Asamblea, toma de protesta y nombramiento correspondiente.
REVOCA ELECCIÓN EN SAN ANTONIO NANAHUATIPAM
Asimismo, en sesión pública, invalidaron la elección municipal en San Antonio Nanahuatipam al resolver los juicios JNI/22/2017 y JNI/23/2017, el Pleno del TEEO consideró que en la elección de autoridades se violaron las reglas de su catálogo de sistemas normativos internos, transgrediendo con ello su derecho a la autodeterminación.
A criterio de los magistrados, la asamblea incurrió en irregularidades debido a que el acta de asamblea que el Instituto calificó como válida no cumple con los usos y costumbres de la comunidad, por lo anterior, se dejó sin efectos las constancias de mayoría y las acreditaciones expedidas a favor de los concejales electos en la Asamblea cuatro de diciembre de 2016 y se ordenó al IEEPCO expedir las constancias de mayoría quienes resultaron electos en Asamblea de seis de noviembre de ese año.
En lo referente al expediente JNI/102/2017 y sus acumulados, referentes a la elección de San Esteban Atatlahuaca, los demandantes solicitaron ante este órgano autónomo la invalidez de la elección en dicho municipio, debido a que en la Asamblea de catorce de agosto se procedió a votar únicamente en lo relativo a la Regiduría de Cultura, no se permitió la participación de Paula Bautista Sandoval como candidata a la Regiduría en cuestión y la convocatoria no se emitió conforme a los principios tradicionales de la comunidad.
Al realizar el análisis del expediente, los magistrados Miguel Ángel Carballido Díaz y Raymundo Wilfrido López Vásquez consideraron que la Asamblea fue convocada conforme al sistema normativo interno de la comunidad y se percibió la participación activa de las mujeres en la elección en su vertiente de votar y ser votadas, por las razones anteriormente expuestas el TEEO confirmó dicha elección.
Finalmente, validaron también la elección de Ayuntamiento en los municipios de San Juan Cotzocón, Mixe y San Jerónimo Tecóatl.