OAXACA, OAX., marzo 19.- Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-03/2019, por el que se establecieron las cifras de financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y actividades específicas de los partidos políticos para el ejercicio fiscal 2019.
Lo anterior, porque el numeral 3, artículo 297, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, establece que el cálculo definitivo del financiamiento público a partidos políticos deberá establecerse mediante acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral Local, además que se deberá utilizar el monto de la Unidad de Medida y Actualización vigente a dicho mes de referencia.
La Unidad de Medida y Actualización vigente a partir del primero de febrero del año en curso, no puede ser aplicable al caso concreto, como lo refirieron los partidos demandantes, porque al aceptar tal afirmación trastocaría la normativa electoral, en las que se establecen las reglas que debe observar la autoridad administrativa electoral para el otorgamiento de las prerrogativas a que tienen derecho los partidos políticos para actividades ordinarias específicas.
Por otra parte, la Magistrada y los Magistrados confirmaron el acuerdo IEEPCO- CG-SIN-76/2018, mediante el cual el Consejo General del IEEPCO, calificó como válida la elección de concejales al Ayuntamiento de San Juan Mazatlán Mixe. Lo anterior porque este órgano jurisdiccional debe privilegiar en todo momento las determinaciones que adopte la comunidad que sean producto de consenso legítimo de sus integrantes, de conformidad con la maximización del principio de autonomía.