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Ordena IAIPO a Movimiento Ciudadano informar cuánto paga a sus trabajadores

+ El organismo analizó y resolvió 29 recursos de revisión interpuestos por personas que se inconformaron ante la respuesta o falta de la misma a sus solicitudes de información

OAXACA, OAX., diciembre 10.- En su vigésima sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Oaxaca (IAIPO) analizó y resolvió 29 recursos de revisión interpuestos por personas que se inconformaron ante la respuesta o falta de la misma a sus solicitudes de información.

En un comunicado de prensa se precisa que de los recursos de revisión analizados por el Consejo General del IAIPO, siete casos fueron desechados o sobreseídos, en nueve se confirmó la respuesta de los sujetos obligados y en 13 se revocó o modificó la respuesta del sujeto obligado.

En esta sesión ordinaria, el Consejo General del IAIPO resolvió dos recursos de revisión que involucran al Partido Movimiento Ciudadano.

En la resolución al recurso de revisión 079/2019, se ordenó a este partido político proporcionar el currículo con fotografía de los precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, con el cargo al que se postuló, el distrito electoral y la entidad federativa de los años 2016 y 2018.

Mientras que al resolver el recurso de revisión 081/2019 en contra del Partido Movimiento Ciudadano, el IAIPO ordenó proporcionar las remuneraciones brutas y netas de sus trabajadores, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, compensaciones, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración, respaldado por documentación que ampare y compruebe la información.

En la resolución al recurso de revisión 0383/2019/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de San Pablo Huitzo proporcionar las actas de Integración del Consejo de Desarrollo Social Municipal; Priorización de Obras, Acciones y Proyectos del Consejo de Desarrollo Social Municipal; Selección de Obras del Municipio y de Integración del Comité de Obras del Municipio en los años 2018 y 2019.

En el caso del recurso de revisión 0385/2019/SICOM, el Pleno del Órgano garante ordenó al Ayuntamiento de Matías Romero hacer entrega de las Actas de Integración del Consejo de Desarrollo Social Municipal; de Priorización de Obras, Acciones y Proyectos del Consejo de Desarrollo Social Municipal; de Selección de Obras y de Integración del Comité de Obras, todas del año 2019; en el caso de las actas del año 2018 deberá realizar una búsqueda exhaustiva de las mismas y en caso de no encontrarlas debe realizar una declaratoria de inexistencia avalada por su Comité de Transparencia.

El Consejo General del IAIPO resolvió tres recursos de revisión que involucraron al Ayuntamiento de Villa de Etla, en el asunto 0401/2019/SICOM, se ordenó proporcionar la nómina de enero a diciembre de 2018 de las dietas, sueldos y salarios que perciben los miembros del Ayto. y empleados; también deberá realizar una búsqueda exhaustiva de los documentos que acrediten pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por sueldos y salarios.

En la resolución al recurso de revisión 0407/2019/SICOM, el IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Villa de Etla proporcionar copia digital de las actas de instalación del Consejo Municipal de Protección Civil del municipio.

Mientras que en la resolución al recurso de revisión 0434/2019SICOM, se ordenó al Ayuntamiento de Villa de Etla informar el número de agentes municipales registrados en el municipio, desglosados por sexo.

En el caso del recurso de revisión 409/2019/SICOM, el pleno del IAIPO resolvió que la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO) debe proporcionar el libro diario de contabilidad mensual de Enero a Junio de 2019 en formato de Datos Abiertos de la Facultad de Idiomas; un listado de compras menores a 30 mil pesos en mismo periodo;  nombre, currículum de la persona encargada de las compras (como se denomine el cargo en la estructura orgánica).

Respecto al recurso de revisión 0563/20196/SICOM, el pleno del IAIPO ordenó al Ayuntamiento de Chahuites proporcionar información relativa a estados financieros, nóminas de personal administrativo y operativo, documento que  certifique la priorización de obras, documentos que validen las formas que fueron designadas las obras ejecutadas, conciliaciones bancarias de todas las cuentas; relativo a los años 2017, 2018 y 2019.

En lo que corresponde al recurso de revisión 242/2019/SICOM, el IAIPO ordenó al Instituto Oaxaqueño Constructor de Infraestructura Física Educativa (IOCIFED) realizar una búsqueda exhaustiva del dictamen técnico, así como peritajes estructurales que sirvieron para justificar la demolición parcial de los edificios que componen la Escuela de Artes Plásticas de Oaxaca y en caso de no localiza la información, realice declaratoria de inexistencia de la misma.

En el caso del recurso de revisión 245/2019/SICOM, el IAIPO ordenó a la Secretaría de Administración hacer una búsqueda exhaustiva respecto a la estructura organizacional y reglamento interno de la Secretaría de Movilidad a efecto de proporcionarla al recurrente y, en caso de no localizarla, realice la Declaratoria de Inexistencia de la Información.

Respecto al recurso de revisión 0348/2019/SICOM que involucra al Ayuntamiento de Cuilápam de Guerrero, el IAIPO ordenó a este sujeto obligado proporcionar actas de las sesiones de cabildo, inventario de bienes muebles e inmuebles del municipio y los nombramientos de los agentes de municipales y de policía del municipio, durante 2018 y 2019.

Finalmente, en la resolución al recurso de revisión en contra de la Comisión Estatal Forestal, el IAIPO ordenó a la Comisión Estatal Forestal (Coesfo) proporcionar la información solicitada respecto al currículum vitae del servidor público señalado, padrón de proveedores y estados financieros, a través del correo electrónico del recurrente o a través de una liga electrónica.

Los recursos de revisión en contra de Partido Movimiento Ciudadano (083/2019), Ayuntamiento de San Pedro Tapanatepec (0405/2019/SICOM), Ayuntamiento de Teotitlán del Valle (0433/2019/SICOM), Consejería Jurídica del Gobierno del Estado de Oaxaca (0451/2019/SICOM), Servicios de Salud de Oaxaca (2018/2019/SICOM) Secretaría de Administración (233/2019/SICOM) y Secretaría General de Gobierno (0356/2019/SICOM) fueron sobreseídos o desechados.

Mientras que en los recursos de revisión en contra del Partido Unidad Popular (091/2019), Secretaría General de Gobierno (0321/2019/SICOM y acumulados), Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental (0439/2019/SICOM), Secretaría de Seguridad Pública (203/2019/SICOM), Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Oaxaca (0332/2019/SICOM), H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca (0342/2019/SICOM), Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (0364/2019/SICOM) y Gubernatura (0366/2019/SICOM y 0368/2019/SICOM), se confirmó la respuesta emitida por estos sujetos obligados a las solicitudes de información.

 

 

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