+ La LXIV Legislatura del Estado reformó el Artículo 32 de la Ley Electoral del Estado, por lo que en el año 2023 todos los municipios deberán tener cabildos paritarios
SAN RAYMUNDO JALPAN, OAXACA, mayo 28 del 2020.- Con 30 votos a favor y ninguno en contra, la LXIV Legislatura del Estado de Oaxaca aprobó este jueves una serie de reformas a la Ley Electoral estatal que garantizarán la participación paritaria de las mujeres en las elecciones municipales, incluso en los ayuntamientos que se rigen bajo sistemas normativos indígenas (usos y costumbres).
“Se trata de acelerar el logro de la igualdad sustantiva en un espacio en el que es evidente que las mujeres encuentran en situación de desventaja”, expresó la diputada Magaly López Domínguez, del partido Morena, promotora de la reforma a la fracción XIX del Artículo 32 de la Ley de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales, que en el paquete legislativo pasó a ser la fracción XX.
La legisladora explicó que la Constitución mexicana y la local, así como la propia ley electoral, ya enuncian desde hace tiempo que los sistemas normativos indígenas deben garantizar el respeto a los derechos de las mujeres a votar, ser votadas y ejercer los cargos para los que fuesen electas, pero en la realidad ello todavía no ocurre.
“De los 417 municipios indígenas que se rigen bajo sus propios sistemas normativos, solamente en 20 hay presidentas municipales, esto es, en menos de cinco por ciento de esos ayuntamientos”, dijo.
Según datos presentados este año por el IEEPCO, en 137 municipios indígenas habrá cabildos paritarios; sobre ello, la legisladora consideró un oprobio que suceda en sólo 32% de los municipios, después de más de 70 años del reconocimiento constitucional de los derechos político-electorales de las mujeres en México.
Señaló que el único mecanismo para garantizar que se cumpla con la paridad en los municipios indígenas, es la calificación de la elección que realiza el IEEPCO, pero la ley electoral, en contrario a lo que establecen la Constitución y la propia ley, en lugar de garantizar, dice que validará la elección “procurando la progresividad en la paridad entre mujeres y hombres”.
“Este despropósito normativo es el que superamos hoy en esta votación”, dijo.
Así, mediante la reforma, será obligación del IEEPCO tomar en cuenta la paridad entre mujeres y hombres para reconocer y validar las elecciones bajo sistemas normativos indígenas.
Agregó que se prevé una aplicación paulatina de la reforma, pues el artículo tercero transitorio establece que en las siguientes elecciones se deberá avanzar en ese propósito, hasta alcanzarlo cabalmente en el año 2023.
“En 2023 será cuando todos los municipios de Oaxaca deberán tener cabildos paritarios”, destacó.
Señaló que esa medida está alineada con el derecho internacional de los derechos humanos, y con las diversas recomendaciones en materia de derechos humanos de las mujeres que han emitido organismos internacionales de los que México forma parte, tanto generales como dirigidos específicamente a nuestro país.
“No garantizar la paridad en los municipios indígenas, es negar a la gran mayoría de las mujeres oaxaqueñas los derechos políticos”, concluyó.
EL PAQUETE DE REFORMAS
El pleno de la LIXV Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobó con la mayoría de votos de las y los asistentes a la sesión extraordinaria de este jueves, un paquete de reformas para garantizar la participación de las mujeres en procesos electorales, y en su caso, sancionar actos de violencia política por razón de género.
Al aprobar reformas y adiciones al Artículo 114 bis de la Constitución Política del Estado de Oaxaca, y al Artículo 9 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, quedó establecida como causal para decretar la nulidad de una elección cuando se acredite violencia política en razón de género, siempre y cuando el candidato que cometió el acto haya resultado ganador.
La representación popular también reformó la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de regular hechos y conductas que, tradicionalmente, no fueron contempladas o sancionadas por la Ley.
Igualmente, otorga facultades adicionales a la Fiscalía General del Estado (FGEO), al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) y al Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), con el objetivo de prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia política en razón de género.
El Instituto y el Tribunal Electoral podrán solicitar a las autoridades competentes órdenes o medidas de protección y reparación para las mujeres víctimas de violencia política.
Asimismo, la Fiscalía tendrá la responsabilidad de investigar, bajo perspectiva de género, en los casos de violencia política contra las mujeres en razón de género. Además, creará, actualizará y administrará el Registro de Casos de Violencia Política contra las mujeres.
Otra reforma a esta misma legislación permitió la creación del Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres, al ser el análisis de datos recopilados un factor indispensable para la transversalización de las políticas públicas que atiendan y prevengan factores de riesgo para las mujeres.
Al iniciar el periodo extraordinario de sesiones convocado para este día, el presidente de la Mesa Directiva del Congreso, el priista Jorge Octavio Villacaña Jiménez, solicitó a los y las asistentes un minuto de silencio por las víctimas de la pandemia por Covid-19 en la entidad.
Previo y durante el desarrollo de la sesión ordinaria de la Diputación Permanente, personal de seguridad y resguardo, así como de Servicios Médicos, aplicaron con estricto apego, a las y los asistentes, los protocolos sanitarios recomendados por las autoridades para evitar cualquier riesgo.