+ Con la adición del Artículo 381 Bis al Código Penal de Oaxaca se establece que dicho delito se comete cuando en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común, durante el matrimonio o el concubinato se oculte, ceda, transfiera o adquiera, a nombre de terceros, algún bien
SAN RAYMUNDO JALPAN, Oaxaca, enero 29 de 2021.- La LXIV Legislatura del Congreso del Estado modificó el Código Penal de Oaxaca para aplicar penas de uno a cinco años de prisión a quien cometa el delito de fraude familiar.
Mediante la adición del Artículo 381 Bis a la legislación en mención se establece que dicho delito se comete cuando en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común, durante el matrimonio o el concubinato se oculte, ceda, transfiera o adquiera, a nombre de terceros, algún bien.
De esta forma, el Poder Legislativo estatal combate la violencia patrimonial que pueda generarse cuando cualquiera de los dos integrantes del vínculo familar evada su responsabilidad al ocultar o transferir la compra de terrenos, adquisición de bienes comerciales o herencias, así como acciones, rentas e intereses percibidos, y los deje a nombre de un familiar o cualquier otra persona.
Además, previene daños considerables a los bienes del matrimonio o concubinato que atenten en contra del interés familiar y que pueda afectar otros derechos como la salud, a una vida digna, de habitación, vestido y la alimentación.
La reforma fue impulsada por la diputada Aurora Bertha López Acevedo, del Partido Verde Ecologista de México, dictaminada por la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia, y aprobada por el pleno legislativo.