+ La la Consejería Jurídica de la Presidencia había impugnado las restricciones del INE, por lo que el Tribunal Electoral revocó hoy las medidas.
CIUDAD DE MÉXICO, febrero 18 de 2021.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las medidas cautelares que habían sido aprobadas por el Instituto Nacional Electoral para limitar los temas sobre los que el Presidente Andrés Manuel López Obrador puede pronunciarse en sus conferencias matutinas.
El acuerdo aprobado por el INE en enero establecía que el Presidente no podría pronunciarse sobre el proceso electoral de 2021, también ordenaba a gobernadores y funcionarios abstenerse de opinar sobre las elecciones en sus actos públicos.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña informó sobre la revocación del acuerdo desde su cuenta de Twiiter.
“Se revocó el acuerdo del CG [Comisión de Quejas] del #INE, por el cual dictó #MedidasCautelares inhibitorias respecto de todo #ServidorPúblico, para que se abstuvieran de realizar manifestaciones cuyo contenido puede ser de naturaleza #electoral. Incidente SUP-REP-3/2021 y SUP-REP-20/2021”, expuso en la red social.
Se revocó el acuerdo del CG del #INE, por el cual dictó #MedidasCautelares inhibitorias respecto de todo #ServidorPúblico, para que se abstuvieran de realizar manifestaciones cuyo contenido puede ser de naturaleza #electoral.
— Felipe de la Mata Pizaña (@fdelamatap) February 18, 2021
Incidente SUP-REP-3/2021 y SUP-REP-20/2021 pic.twitter.com/ZefQivi0O7
La decisión la habría tomado el TEPJF en una sesión realizada a puerta cerrada luego de que la Consejería Jurídica de la Presidencia impugnó las restricciones del INE.
De acuerdo con De de la Mata Pizaña, entre los argumentos del TEPJF está que el instituto electoral se excedió al dictar medidas cautelares para todos los servidores públicos.
El proyecto del INE proponía que López Obrador y los servidores públicos no debían formular posicionamientos, expresiones o valoraciones que puedan ser favorables o adversas respecto a cualquier actor político electoral tanto en el ámbito local como en el federal.
“Han de abstenerse de abordar temas relacionados con el ejercicio de las prerrogativas de los partidos políticos, financiamiento público y acceso a radio y televisión, vida interna de los partidos políticos, nacionales y locales;candidaturas de partidos políticos e independientes [registro, postulación, entre otros]; cargos de elección federal y local; etapas del proceso electoral; frentes coaliciones, fusiones, alianzas nacionales o locales; plataformas electorales, campañas, estrategias electorales de cualquier fuerza política, así como encuestas de intención de voto o preferencias electorales”, señalaba lo aprobado por el INE el 15 de enero.
Este artículo fue tomado de la agencia SinEmbargo.mx: https://www.sinembargo.mx/18-02-2021/3940083