+ “La violencia de pareja, es el acto abusivo de poder, dirigido a dominar, someter, controlar, humillar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial o contra los derechos sexuales a la víctima”: Código Penal de Oaxaca.
San Raymundo Jalpan, Oax.- Con 24 votos a favor, el Pleno de la LXV Legislatura local reformó el Código Penal de Oaxaca y la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, para castigar con hasta seis años de prisión a quien cometa el delito de violencia de pareja.
De acuerdo con el dictamen aprobado en lo general y en lo particular, con esta reforma se busca reconocer la violencia contra las mujeres por razón de género en el ámbito de pareja.
Asimismo, es para “establecer medidas para prevenir y actuar ante la violencia en el noviazgo y relaciones análogas (similares), que afecta mayoritariamente a las jóvenes”.
Esta modificación es a los artículos 8, 9 y 51 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género; así como una reforma al artículo 404 y se agrega el capítulo VII denominado “violencia de pareja” al “Título Vigésimo Segundo. Delitos contra el derecho a una vida libre de violencia”, el cual contiene un artículo nombrado 412 Octies.
“La violencia de pareja, es el acto abusivo de poder, dirigido a dominar, someter, controlar, humillar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial o contra los derechos sexuales a la víctima, cuyo activo tenga o haya tenido relación de noviazgo, sentimental, afectiva, íntima o de hecho equiparable”.
Artículo 412 Octies del Código Penal de Oaxaca
Además, establece que “quien cometa el delito de violencia de pareja se le impondrá de uno a seis años de prisión y multa de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.
La iniciativa de reforma presentada por la diputada Lizett Arroyo Rodríguez, refirió que de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), hay una mayor prevalencia de violencia contra las mujeres de 15 años y más a lo largo de la vida por parte de su pareja que de la violencia familiar.
“La violencia de pareja está en segundo lugar de los ámbitos o contextos de la violencia y en los últimos 12 meses en tercer lugar a diferencia del familiar, los datos que arroja son: en primer lugar, en los ámbitos comunitarios con 45.6%; en segundo lugar, el de pareja actual o última relación con 39.9%; seguidos del escolar 32.3% y laboral con 27.9%. Por su parte, la prevalencia de violencia contra las mujeres de 15 años y en los últimos 12 meses, está en primer lugar el comunitario con 22.4%; seguido del laboral con 20.8%; el de pareja con 20,7%; el escolar con 20.2 % y finalmente el familiar con 11.4%”.
*Este contenido es de carácter informativo y se comunica con base a las fracciones III y IV del artículo 22 de la Ley de Acceso a la Información Pública, Transparencia y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, sin fines electorales.