+ El organismo electoral informó que el Partido de Mujeres Revolucionarias no cumplió con los requisitos establecidos en la normatividad
OAXACA, OAX., septiembre 26.- El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) determinó en sesión pública realizada este martes que “es procedente el registro como partido político local de la organización estatal de ciudadanas y ciudadanos denominada ‘Shuta Yoma A.C.’ bajo la denominación de Partido Social Demócrata (PSD) que dirige el ex perredista Manuel Pérez Morales.
En el acuerdo del IEEPCO se especifica que derivado del análisis de la documentación y actividades de la organización, ésta cumplió con los requisitos legales establecidos en la legislación federal y local para constituirse como partido político.
Asimismo, argumenta que la organización política realizó 19 asambleas distritales con la presencia de al menos el 0.26 por ciento de sus afiliados por cada distrito.
Igualmente, comprobó que cuenta con 20 mil 918 afiliadas y afiliados a nivel estatal, número superior al 0.26% del padrón electoral utilizado en la última elección ordinaria, ambos datos verificados por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Además, acreditó contar con militancia en cuando menos dos terceras partes de los municipios que componen el estado, en total en 406 de los 570 y una asamblea estatal con una asistencia de 70 delegados con derecho a voto en representación de 19 distritos electorales locales.
De acuerdo con el IEEPCO, la organización “Shuta Yoma”, que fundó el dos veces diputado local plurinominal Pérez Morales –una por el PRD y otra por el PSD–, también acreditó la constitucionalidad de sus documentos básicos compuestos por su Declaración de Principios, Programa de Acción y sus Estatutos.
En otro punto del orden del día, el Consejo General determinó que no es procedente el registro como partido político local de la organización estatal de ciudadanas y ciudadanos “LEXIE A.C.”, bajo la denominación de Partido de Mujeres Revolucionarias (PMR).
El órgano electoral estatal determinó que “no se cumplió con todos los requisitos previstos por el Artículo 10 de la Ley General de Partidos Políticos para la conformación de una organización como partido político local”.
Sostuvo que la organización política de mujeres “no cumplió con el requisito de contar con afiliados en cuando menos dos terceras partes de los municipios que componen el Estado; es decir, en cuando menos 380 municipios”.
La organización sólo comprobó contar con afiliadas y afiliados válidos en 285 municipios y la información fue verificada por el Instituto Nacional Electoral, aseguran.
Por otra parte, al hacer un análisis de los documentos presentados por la organización se estimó que su Programa de Acción y los Estatutos presentados sólo cumple parcialmente con lo establecido en la ley.
Durante la sesión, el consejero presidente del instituto, Gustavo Meixueiro Nájera, informó que en ambos procesos de validación de las afiliaciones presentadas, el órgano electoral se apegó a los lineamientos aprobados por el Consejo General del INE quien a través de sus direcciones ejecutivas coadyuvó para brindar certeza jurídica a las organizaciones solicitantes.
Subrayó que cumpliendo con los principios electorales se brindó información oportuna a todas las organizaciones solicitantes referentes a cada una de las etapas y los plazos para cumplir con la misma, de igual manera que se garantizó en todo momento el derecho de audiencia de las organizaciones.