OAXACA, OAX., enero 31.- Por no pagar a tiempo las retenciones de pagos que realiza a su personal, emitir cheques sin normatividad, posfechados, sin fondos suficientes en la cuenta bancaria, no presentar contratos de prestación de servicios, no exhibir la aplicación de recursos de pago a proveedores y deudores durante el 2011, los partidos PRI, PRD, PT y Nueva Alianza serán sancionados con una amonestación pública y una multa total de 367 mil 642 pesos con 80 centavos.
Este es el dictamen que presentó la Unidad Técnica de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos sobre los informes anuales correspondientes al ejercicio 2011, presentados por los partidos políticos: Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, del Trabajo, Movimiento Ciudadano, Unidad Popular y Nueva Alianza.
Este dictamen está contenido en el proyecto de acuerdo CG-IEEPCO-7/2013, que por la tarde-noche de este jueves será sometido al pleno del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPC) para su eventual aprobación o rechazo.
PRI no acredita de retenciones a su personal
En el dictamen emitido por la unidad de Unidad Técnica de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos del IEEPC, se establece que el PRI incurrió en una falta toda vez que en su informe anual correspondiente al ejercicio 2011, no acreditó haber pagado a tiempo los importes de las retenciones efectuadas a su personal conforme a los plazos establecidos.
Y es que en los Lineamientos de Fiscalización del Origen, Monto y Destino de los Recursos de los Partidos Políticos, se dispone que es obligación de los Partidos Políticos el utilizar las prerrogativas y aplicar el financiamiento de que dispongan por cualquiera de las modalidades establecidas en el Código, exclusivamente para el sostenimiento de sus actividades ordinarias, y como es el caso en concreto, deberán retener y enterar el Impuesto Sobre la Renta por concepto de remuneraciones por la prestación de un servicio personal subordinado.
En el caso de la falta del Revolucionario Institucional, se determina que cometió una irregularidad que se traduce en la existencia de una falta leve; ante ello, propone al Consejo General del IEEPC, fijar la sanción consistente en una amonestación pública y una multa de dos mil quinientos días de salario mínimo diario general vigente en el Estado de Oaxaca en el 2011, que fue el año en el que se cometió la falta.
Esa multa equivale en salarios mínimos del 2011, equivale a 141 mil 750 pesos, la cual deberá ser pagada por el PRI en términos de lo establecido por el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEO).
PRD dio cheques posfechados y sin fondos
El Partido de la Revolución Democrática incurrió en una falta, porque en su informe anual correspondiente del 2011, reflejó una falta de control administrativo en el manejo de la cuenta bancaria de su financiamiento público estatal por cheques posfechados, al no tener fondos suficientes en la cuenta bancaria para el pago de sus proveedores, de las misma forma no presentó cuatro cheques cancelados y liberó cheques sin tener fondos suficientes en su cuenta bancaria.
De acuerdo a lo establecido en el CIPPEO, los gastos erogados en diversas actividades, distintas a las destinadas, constituye una infracción en virtud de que se trata de recursos del financiamiento público otorgado para sus actividades ordinarias, por tanto el PRD refleja una falta de control administrativo en el manejo de la cuenta bancaria de su financiamiento público estatal por cheques posfechados, lo cual está prohibido por el Código Electoral de la materia y los lineamientos aplicables.
Del análisis de la irregularidad, se establece en documentos que obran en los archivos del IEEPC, que el PRD es reincidente toda vez que en el 2010 liberó cheques sin tener los fondos suficientes para el pago de los mismos.
Pese a ello, se determina que la falta es leve, aun cuando no hay elementos para considerar que la conducta infractora fue cometida con intencionalidad o dolo, sí se desprende una incorrecta interpretación por parte del partido para dar cabal cumplimiento a las obligaciones establecidas por el Código Electoral y los lineamientos aplicables en la materia, por lo que contravino disposiciones que conocía previamente.
Así, al determinar que la falta es leve especial, se fija la sanción consistente al PRD en una amonestación pública y una multa de trescientos ochenta y ocho días de salario mínimo diario general vigente en el Estado de Oaxaca en el 2011, que fue el año en el que se cometió la falta. Esa multa monetaria, equivale al importe de 21 mil 999 pesos con 60 centavos.
PVEM no presentó contratos de servicios
El Partido Verde Ecologista de México incurrió en una falta, toda vez que en su informe anual 2011 no presentó contratos de prestación de servicios que amparan diversos gastos efectuados como parte de sus operaciones ordinarias.
Al respecto, la Unidad de Fiscalización calificó la falta como leve especial, porque no se puso en peligro los recursos públicos, y por tanto, fija una sanción de cien días de salario mínimo diario vigente al 2011, que fue el año en el que se cometió la falta. Esta multa equivale a 5 mil 670 pesos.
PT no exhibió aplicación de pago a proveedores y deudores
El Partido del Trabajo, en su informe anual 2011, no presentó catorce cheques cancelados, además no exhibió la aplicación y empleo de los recursos por los conceptos de anticipo a proveedores y deudores diversos que no fueron presentados en su oportunidad.
Para la unidad de fiscalización, resulta insoslayable que los gastos erogados en diversas actividades distintas a las destinadas, no se apliquen correctamente y constituye una infracción, en virtud de que se tratan de recursos del financiamiento público otorgado para sus actividades ordinarias.
Además de que del análisis de la irregularidad del PT, se detectó que en los archivos del IEEPC se desprende que el Partido del Trabajo es reincidente respecto de las conductas que incurrió en el 2011.
La irregularidad financiera del PT, se calificó de leve agravada, por tanto, la sanción consiste en una amonestación pública y una multa de dos mil doscientos treinta y dos días de salario mínimo. La multa en pesos equivale al importe de 126 mil 554 pesos 40 centavos.
Nueva Alianza no reportó al Fisco retenciones
El Partido Nueva Alianza libró cheques sin apegarse a la normatividad aplicable y no enteró a la autoridad fiscal competente las retenciones efectuadas del ejercicio dos mil once.
Para la Unidad de Fiscalización, es indiscutible que al reportar que no enteró a la autoridad fiscal competente las retenciones efectuadas del ejercicio dos mil once y librar cheques sin apegarse a la normatividad aplicable, constituye una infracción, lo cual está prohibido por el Código Electoral.
La falta fue calificada como leve moderada, por tanto, se establece una amonestación pública y una multa de mil doscientos sesenta y cuatro días de salario mínimo diario general vigente al 2011, que fue el año en el que se cometió la falta, equivale a 71 mil 668 pesos 80 centavos.
En tanto el Partido Acción Nacional, Movimiento Ciudadano, Unidad Popular, Socialdemócrata, se les detectaron irregularidades menores, que según la Unidad de Fiscalización fueron subsanadas en tiempo y forma.