Periodismo libre y comprometido

Search
Search
O A X A C A Clima de Hoy

Multa IEEPC a Villacaña, a petición del PAN, por actos anticipados de campaña

OAXACA, OAX., abril 19.- Por mayoría de votos, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPC) multó con 100 salarios mínimos al candidato del PRI a presidente municipal de Oaxaca de Juárez, diputado Javier Villacaña Jiménez, y con 50 salarios mínimos a su hermana María del Carmen Villacaña Jiménez y a la Asociación Civil “Apoyo Comunitario de Oaxaca” (ACO), por incurrir en actos anticipados de campaña.

Esta sanción, que equivale a poco más de nueve mil pesos, fue propuesta en la resolución emitida por la Comisión de Quejas y Denuncias que preside el consejero Víctor Manuel Jiménez Viloria, afín al Partido Acción Nacional (PAN).

En su determinación, avalada durante la sesión extraordinaria del IEEPC celebrada la tarde de este viernes, el órgano electoral ordenó el retiro definitivo de la propaganda que originó la queja y que se encuentra en el ámbito territorial del Municipio de Oaxaca de Juárez y su zona conurbada, en un plazo no mayor a 48 horas a partir de la notificación.

En defensa de su homólogo y correligionario, el representante del PRI ante el IEEPC, diputado Elías Cortés López, acusó a la Comisión de Quejas de “actuar de forma dolosa e imparcial”, en virtud de que existen cerca de 100 denuncias de diversos partidos políticos y sólo han actuado contra el tricolor.

Cortés López anunció que acudirán ante los tribunales electorales federales para echar abajo la sanción contra Villacaña Jiménez.

“Lo único que están haciendo con este tipo de resoluciones es pensar que la elección se está fraguando y se quiere inclinar en favor de los partidos políticos que pusieron a estos consejeros”, señaló el Legislador al referirse a la Comisión de Quejas que encabeza Jiménez Viloria.

El priista exigió a los consejeros “actuar bajo los preceptos de legalidad y constitucionalidad y no con base en filias y fobias políticas”.

La queja fue presentada por Eduardo Gabriel Martínez Jiménez, por presuntas violaciones al Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para Oaxaca (CIPPEO) al colocar Villacaña tres espectaculares en el municipio conurbano de Santa Lucia del Camino para posicionarse electoralmente en la elección interna de la que resultó electo candidato a presidente municipal de Oaxaca de Juárez por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

“Su conducta vulneró nuestra preceptiva y principios constitucionales y legales al atentar contra los principios de igualdad y equidad electoral, con la comisión de actos anticipados de precampaña y campaña electoral. Con su conducta influyó en la decisión de su partido político fuera de los plazos legales para realizar precampaña, además de que con la colocación de propaganda en lugares públicos afecta la competencia más allá de la militancia de su partido político, que no eligió a sus candidatos en un proceso electoral abierto a la ciudadanía, al posicionar indebida e ilegalmente su precandidatura y candidatura ante todos los ciudadanos oaxaqueños, lo que daña los derechos de –terceros– otros partidos políticos”, justifica el acuerdo.

Para la Comisión que preside Jiménez Viloria y los consejeros electorales del IEEPC, esto constituye un atentado contra la celebración de elecciones libres y auténticas, en la que todos los participantes cumplan con la normativa que regula el desarrollo de los procesos electorales, de tal manera que no se pretenda influir indebidamente en la emisión del sufragio de los electores.

“Por lo que atendiendo a las circunstancias de modo, tiempo y lugar de las conductas infractoras, esta autoridad considera que la infracción debe calificarse como de gravedad ordinaria”, agrega el resolutivo aprobado.

Además, la propaganda atribuible a Villacaña Jiménez fue colocada en el ámbito territorial de la cabecera del Municipio de Santa Lucía del Camino, Oaxaca, y una de sus agencias de policía, que forma parte de la zona conurbada o metropolitana en la que se encuentra el ámbito geográfico electoral que conforma el municipio de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, por lo que los actos propagandísticos sin lugar a dudas tienen impacto e influencia entre el electorado del municipio capitalino, aduce.

Así, calificada la acción como “grave ordinaria”, el IEEPC aplicó al abanderado priista una sanción consistente en una multa de 100 salarios mínimos vigentes en el Estado, equivalente a 6 mil 138 pesos para disuadir la posible comisión de conductas similares en el futuro.

Mientras tanto, a María del Carmen Villacaña Jiménez –hermana del también Diputado— y a su organización ACO las multaron por colocar tres anuncios espectaculares en Santa Lucía del Camino “promoviendo el nombre de su consanguíneo con el objetivo de obtener la postulación a una precandidatura o candidatura de un partido político, fuera del ámbito geográfico electoral que conforma el municipio de Oaxaca de Juárez”.

A María del Carmen se le impuso una multa de 50 salarios mínimos vigentes en el Estado, equivalente a 3 mil 69 pesos.

Dichas sanciones deberán ser pagadas en la Recaudación de Rentas del Distrito del Centro de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado en un plazo improrrogable de 15 días contados a partir de la respectiva notificación.

 

Scroll al inicio