OAXACA, OAX., octubre 4.- La diputada local del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Mercedes Rojas Saldaña, anunció que en acato a la sentencia del Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo y Administrativa del Décimo Tercer Circuito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien determinó que dos artículos de la Ley de Pensiones que reformó en el 2012 la LXI Legislatura del Estado son “inconstitucionales”, modificaran esa ley.
“Va generar problemas al interior del Gobierno, pero tendremos que obedecer a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Vamos analizarlo en breve en la comisión, porque nos dan un plazo de 24 horas para podernos manifestar al respecto”, señaló.
Rojas Saldaña, recordó que el PRI, advirtió que la reforma a la ley de pensiones, era inconstitucional e iba en contra de los derechos de los trabajadores y a la mujeres se les ampliaba el número de años que tendrían que trabajar.
“Hicimos consideraciones, pero lamentablemente en ésta congreso (en la Sexagésima Primera Legislatura), la aplanadora que hace la alianza PAN-PRD-PT y MC se impusieron al ser una propuesta del Ejecutivo (el gobernador del estado, Gabino Cué Monteagudo)”.
De acuerdo Rojas Saldaña, la alianza PAN-PRD-PT y MC se sometió al Poder Legislativo y a los designios del entonces secretario de Finanzas, Gerardo Cajiga.
Por lo pronto, la diputación permanente, ya turnó a la Comisión de Administración de Justicia la resolución emitida por el Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, quien determinó que dos artículos de la Ley de Pensiones que reformó en el 2012 la LXI Legislatura del Estado son “inconstitucionales”.
Cabe señalar que en la víspera, el abogado Israel Ochoa Lara, anunció la resolución del organismo del Poder Judicial de la Federación (PJF), y que tendrán que acatar el Congreso y el Gobierno del Estado, pues de lo contrario entraría en desacato a un tribunal federal.
Ochoa Lara indicó que el Congreso el Estado deberá proceder a derogar esos dos artículos de la citada ley, porque ya fueron declarados anticonstitucionales.
En su sentencia, el Tribunal Colegiado establece que “no se aplique ese descuento a sus pensiones” por considerar que los artículos 11 y 12 de la nueva Ley de Pensiones tiene una disposición que es inconstitucional porque determina una forma de aplicación retroactiva en perjuicio de los derechos ya adquiridos de los trabajadores.