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Orienta Registro Civil a oaxaqueños sobre ¿cómo registrar una defunción?

OAXACA, OAX., octubre 30.- El Registro Civil es la dependencia que guarda una relación de por vida con nuestra existencia, desde el nacimiento hasta la muerte, incluso, después de haber partido de este mundo ayuda a que los demás nos recuerden en el tiempo a través de nuestra identidad.

Quizá la muerte sea uno de los sucesos más tristes de la vida del ser humano, sin embargo, es necesario registrar el descenso de una persona ante el Registro Civil.

¿Pero cómo se registra una defunción?

Después del deceso de una persona, un médico particular o el Sector Salud deberá extender un certificado de defunción, regularmente este certificado se realiza cuando la persona falleció de muerte natural y de acuerdo a las circunstancias. En caso de muerte violenta, el Ministerio Público deberá remitir un Oficio.

Cualquier familiar puede acudir a la oficialía correspondiente a realizar este trámite, deberá presentar:

  • Acta de nacimiento del fallecido
  • Certificado médico de defunción.
  • En caso de muerte violenta, presentar Oficio del Agente del Ministerio Público
  • Identificación oficial del declarante.
  • Dos testigos con identificación oficial

¿Qué documento se necesita para hacer un traslado de cadáver?

Además de los requisitos anteriores se deberá solicitar un Oficio de la Autoridad Sanitaria de la Secretaria de Salud correspondiente cuando el cadáver será trasladado a un municipio o estado diferente para su inhumación.

En caso de que el fallecimiento suceda en el extranjero tendrá que realizarse el trámite de inserción de extranjería del acta de defunción levantada en otro país.

Para tener en cuenta:

Es importante tener en cuenta que el término para levantar una defunción es de 1 a 15 días, ya que una vez transcurrido este tiempo se deberá realizar el trámite por medio de información testimonial.

 

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