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Condena Canacintra cualquier acto de intromisión externa hacia la institución

MÉXICO, D.F., febrero 10.- Con relación a la Asamblea anual de la Delegación Oaxaca de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación a celebrarse el próximo 10 de Febrero de 2014 a las 17:00 horas, y atendiendo a la información que se ha venido difundiendo en los medios de información del Estado de Oaxaca sobre el particular, nos permitimos hacer de su conocimiento los siguientes hechos.

El pasado 13 de enero de 2014, presentaron ante el Secretario de la Delegación su solicitud de Registro como candidatos a la Presidencia de la Delegación Oaxaca el Arquitecto Mario Jesús Rodríguez Socorro y el Licenciado Edgar Suárez Vidals, asimismo solicitó su registro como candidato el Arquitecto Orlando Rodríguez García.

El Ingeniero Ricardo Guillermo Escamilla Martínez, fue designado Secretario de la Mesa Directiva de la Delegación por la C. Adela E. Santos Ángeles Presidenta de la Delegación, en sustitución del Arquitecto Orlando Rodríguez García quien renunció al cargo para contender por la Presidencia, emitió sendos oficios al Arquitecto Rodríguez Socorro y al Licenciado Suárez Vidals, en los que indicaba que requisitos cumplían y cuáles no, a efecto de que aportaran las pruebas que acreditaran su cumplimento.

Dentro de los requisitos que el Secretario de la Delegación señaló que no cumplían los candidatos señalados líneas arriba se encontraba el que estipula que los candidatos a ocupar la Presidencia deben acreditar haber asistido a por lo menos al 50% de las reuniones abiertas para todos los socios, señalando que el total de actas de eventos abiertos a todos los socios era de 6.

Asimismo en dicho oficio se les requirió a ambos candidatos para que presentaran una carta Bajo protesta de decir verdad en donde declararan que cuentan con reconocido prestigio moral, lo anterior en cumplimiento con los lineamientos aprobados por el Consejo Directivo Nacional, que estableció que por la subjetividad de este requisito el mismo no debería ser probado, pero que admitiría prueba en contrario en caso de haber sido condenado por delitos intencionales o dolosos.

Ante esto es importante destacar que el prestigio moral de una persona no puede ser determinado por la simple opinión de otra persona, asociación, cámara o colegio de profesionistas, de lo contrario se puede caer en el caso de crear presuntos culpables producto de intereses particulares.

Con motivo de lo anterior, ambos candidatos presentaron al Secretario de la Delegación los documentos solicitados que acreditaban el total cumplimiento de los requisitos, y por lo que hace a las asistencias presentaron en lo individual su inconformidad ante la Secretaría Nacional con respecto al cómputo de las asistencias que se había realizado por parte del Secretario de la Delegación.

El licenciado Edgar Suárez Vidals presentó evidencia de haber sido convocado a 14 reuniones de Mesa Directiva, presentando evidencia de haber asistido a 8 de ellas, con lo cual argumentaba que cumplía con el requisito.

Por su parte el Arquitecto Rodríguez Socorro negó haber sido convocado a las reuniones de la Delegación, las cuales debieron ser abiertas a todos los socios.

La Secretaría Nacional de la Cámara solicitó a la Delegación que remitiera las convocatorias, la orden del día, así como listas de registro de asistencias de las 6 reuniones que la Secretaria de la Delegación tomó en cuenta para determinar el cumplimiento o no del requisito para ser Presidente, remitiendo un total de 9 listas de asistencia a eventos, 6 convocatorias y ninguna orden del día, con lo que se pudo determinar que no había un control estricto sobre el número de eventos a considerar.

Derivado del Análisis de la información proporcionada por la Secretaría de la Delegación así como por los afiliados afectados, la Secretaría Nacional pudo constatar, que de los 6 eventos considerados por el Secretario de la Delegación para tener por cumplido el requisito de asistencia, ninguno contaba con Orden del Día, que los eventos consistían en conferencias, eventos sociales incluso algunos con costo, ponencias de temas muy específicos como por ejemplo “Manejo higiénico de alimentos” o “formando tu micro empresa” los cuales no son de interés general para todas las industrias y que por lo tanto no podían considerarse para acreditar el cumplimiento del requisito de asistencia, ya que los estatutos señalan que son las Reuniones de Mesa Directiva, las cuales deben ser abiertas a todos los afiliados previa convocatoria las que deben tomarse en cuenta para el computo del 50% de asistencias, lo anterior obedece a que la esencia del requisito es precisamente para el que candidato a Presidente esté enterado de la problemática real que acontece en su Delegación, de los temas internos y todos aquellos de relevancia para la Mesa Directiva; ya que las Juntas o reuniones de la Mesa Directiva, es donde están en posibilidad de informar asuntos propios de la delegación y de la industria.

Asimismo de la documentación aportada a la Secretaría Nacional se pudo establecer que mientras al Licenciado Suárez Vidals y al Arquitecto Rodríguez García se les convoco a 14 reuniones de Mesa Directiva, al Arquitecto Mario Jesús Rodríguez Socorro no se le convocó a ninguna de las 14, por lo que resultaba evidente la falta de equidad en las convocatorias e igualdad en la oportunidad para participar en las Reuniones de Mesa Directiva de la Delegación que son las que deben ser tomadas en cuenta para el computo del 50% de asistencias establecido como requisito para ser Presidente de Delegación.

Previo a emitir la Resolución por parte de la Secretaría Nacional, se convocó en dos ocasiones a la Presidenta de la Delegación C. Adela E. Santos Ángeles, para celebrar una reunión ante la Dirección de Cámaras Empresariales de la Secretaría de Economía en la Ciudad de México los días 4 y 5 de febrero con la finalidad de analizar la situación de la Delegación en relación a la Asamblea próxima a celebrarse, sin que asistiera a ninguna de las convocatorias.

Por todo lo anterior, la Secretaría Nacional determinó en uso de las facultades que le confieren los Estatutos, con la finalidad de salvaguardar los derechos que gozan los afiliados y privilegiando los valores democráticos de la Institución, que era procedente el registro como candidatos a Presidir la Delegación Oaxaca de los afiliados Mario Jesús Rodríguez Socorro y Edgar Suárez Vidals, así como que se les proporcionara el padrón de afiliados con derecho a voto.

Es preciso señalar que existen denuncias en la Sede Nacional por parte de empresarios, que señalan que la Mesa Directiva de la Delegación en el mes de Octubre 2013 determinó incrementar sus cuotas mínimas de $2,000 a $5,000 para nuevas afiliaciones, con la intención de disuadir la afiliación durante el 2013 a empresas y empresarios del Estado de Oaxaca y establecer así un candado para participar en la Asamblea 2014, lo cual contraviene los estatutos en virtud de que las cuotas se determinan de forma anual y deben garantizar igualdad y equidad para todos los que deseen afiliarse, presentando constancias emitidas por Fedatario Público que confirman su dicho donde se cita textualmente a la Gerente de la Delegación la C. Perla Viridiana Aquino Hernández diciendo “Que en reunión de mesa directiva del 8 de noviembre de 2013 se acordó el cobro de $5,000 a los nuevos afiliados, como candado para las nuevas elecciones” y posteriormente al ser cuestionada sobre el incremento de cuotas de $2,000 a $5,000 señala “La mesa directiva determinó ese cobro por que se avecinaban las elecciones”.

Asimismo se han presentado denuncias en la Sede Nacional respecto a que la Delegación Oaxaca impidió que empresas y empresarios pudieran realizar su afiliación 2013 en la Sede Delegacional, cuando al tratar de realizar sus pagos correspondientes se les informó por parte de la Gerente de la Delegación que podían realizar su pago el día 31 de Diciembre en un horario de 9 a 14 horas, siendo el caso que al presentarse el día 31 a las 11:05 horas a realizar su pago se encontraron con las oficinas de la Delegación cerradas y a la vista un letrero que indicaba “Estas oficinas permanecerán cerradas los días 31 y 01”, presentando también para probar su denuncia Fe de Hechos emitidas por Fedatario Público.

Cabe señalar que Cámara Nacional de la Industria de Transformación, sólo hay una, la cual de conformidad con la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones puede establecer Delegaciones con la finalidad de poder facilitar el cumplimiento de su objeto, dichas Delegaciones por disposición legal no tienen personalidad jurídica ni patrimonio propios, dependen para tal efecto de la Sede Nacional y las Asambleas que celebren las Delegaciones deben ser sometidas a su análisis y en su caso ratificación por la Asamblea General Anual Ordinaria de la Institución, lo cual sólo sucederá si se realizaron en estricto apego a la normatividad.

El Consejo Directivo de la Cámara aprobó el día 6 de Diciembre los Lineamientos para la Celebración de Asambleas de Delegaciones, lo cual es un hecho histórico en virtud de que nunca se había contado con un documento que sirviera de apoyo a las Delegaciones para la correcta celebración de sus Asambleas, dichos Lineamientos han servido para que al día de hoy se hayan celebrado de manera exitosa a nivel Nacional 59 Asambleas de Delegaciones.

La Cámara Nacional de la Industria de Transformación por conducto de todos sus Directivos y Órganos de Gobierno, Dirección y Administración, velará y protegerá los derechos de todos sus afiliados, anteponiendo siempre el interés general sobre el particular haciendo uso de todas las facultades que les otorgan la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, su reglamento, así como los propios Estatutos, garantizando procesos democráticos y justos en todas sus Delegaciones y vigilando el cumplimiento de los estatutos y acuerdos tomados por sus Órganos legalmente establecidos.

Entre los derechos que estamos por salvaguardar se encuentra también el que les otorga el artículo 50 de los estatutos a los 250 afiliados a las Ramas Industriales en la Sede Nacional que tienen su domicilio fiscal en el Estado de Oaxaca, para asistir a las juntas y Asambleas de la Delegación Oaxaca con voz y voto, de acuerdo con el padrón enviado y notificado por el Secretario Nacional a la Delegación Oaxaca con el único requisito de que el representante del afiliado presente identificación oficial que coincida con el nombre incluido en el citado padrón, siendo improcedente y violatorio de los estatutos que se les pida pagar una cuota adicional en la Delegación, por lo que a los citados afiliados se les deberá permitir el acceso a la Asamblea en las mismas condiciones que a los demás afiliados.

Sólo en el caso de que algún afiliado a las Ramas Industriales de la Sede Nacional resultare electo o designado en la Asamblea dentro de la Mesa Directiva de la Delegación o como consejero, entonces si deberá proceder a realizar el pago de su cuota ante la Delegación.

La Cámara Nacional de la Industria de Transformación es muy respetuosa de la autonomía de otras Cámaras e Instituciones por lo que condenamos enérgicamente cualquier acto de intromisión externa hacia nuestra Institución.

La Secretaría de Economía por conducto de la Dirección de Cámaras Empresariales y Desarrollo Regional, ha sido muy respetuosa del marco normativo y garante de los derechos de los afiliados a las Cámaras y Confederaciones, cumpliendo con el espíritu liberal y democrático sobre la representación de los intereses sociales en el seno de la clase empresarial, propiciando la necesaria pluralidad y competencia en la representación de los industriales de este País, por lo que es completamente falsa la información de que la Dependencia se haya pronunciado hasta el momento sobre el proceso de elección de Presidente de la Delegación Oaxaca o sobre cualquier otra.

Atentamente

Lic. José Antonio Centeno Reyes
SECRETARIO NACIONAL

 

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