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El Ejecutivo ya puede afectar ingresos municipales para pagar deuda

SAN RAYMUNDO Jalpan, Oaxaca, diciembre 18.- Con las reformas del Congreso del Estado a los artículos 59 y 113 de la Constitución Política del Estado, el Poder Ejecutivo podrá afectar ingresos municipales y estatales para garantizar el pago de obligaciones contraídas por procesos de bursatilización, contratación de asociaciones público privadas y deuda pública. 

La iniciativa, aprobada en la sesión del 14 de diciembre pasado, adecuará el marco regulatorio para hacerlo competitivo y vanguardista en materia económica y financiera a nivel internacional, mediante la implementación de procesos innovadores en materia de inversión para reactivar la economía del estado a través de diversos esquemas de financiamiento, como bursatilización, que es lo que este viernes realizó el gobernador del estado en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).

Además de establecer más esquemas de asociaciones público privadas y deuda pública, proveyendo a sus habitantes, acreedores e inversionistas de certidumbre jurídica y permitiendo, además, la agilización y rendición de cuentas gubernamentales.

“La reforma constitucional contempla los requisitos necesarios para que ambos tipos de obligaciones (asociaciones público privadas y Proyectos para Prestación de Servicios, PPS), se contraten de manera eficiente: obligación de presupuestación plurianual de los contratos de asociaciones público privadas, otorgando facultades a la Legislatura para aprobar el endeudamiento del estado y sus municipios, así como para aprobar la afectación de ingresos en garantía de las obligaciones provenientes tanto de procesos de burzatilización, de asociaciones público privadas y de deuda”.

Agrega que de manera general la iniciativa apunta a generar certidumbre en los acreedores del estado al regular la presupuestación de la deuda pública, mitigar el riesgo de presupuestación plurianual de asociaciones público privadas y aclarar las facultades que tiene la Legislatura del Estado para autorizar, tanto al Ejecutivo como a los ayuntamientos, a contratar deuda pública y afectar como garantía, fuente de pago o de cualquier otra forma, los ingresos que les corresponden en términos de las leyes correspondientes.

También el Congreso del Estado, reformó y adiciono diversas disposiciones del Código Fiscal para el Estado de Oaxaca, e incorporó como obligado solidario a quienes ejerzan la patria potestad o tutela por las contribuciones a cargo de su representado; como responsable solidario a los representantes de las personas no residentes en el país, con cuya intervención efectúen actividades por las que deban pagarse contribuciones.

Además, que la responsabilidad solidaria comprenda los accesorios, con excepciones de las multas, y que los responsable solidarios pueden ser sancionados por los actos u omisiones propios, lo que propicia la certeza y seguridad jurídica a favor de los contribuyentes y el fortalecimiento a la hacienda estatal.

Asimismo se dispensa al secreto fiscal cuando la información sea solicitada por los interesados o sus representantes legales, el Ministerio Público en sus funciones de investigación y persecución de delitos, los hechos que puedan servir para motivar sus resoluciones a la Secretaría de Finanzas y por acuerdo expreso del Secretario de Finanzas se podrán publicar los datos por grupos de contribuyentes.

También se reformaron diversos artículos de la Ley de Catastro para el Estado de Oaxaca, que contempla todo lo relacionado a la formulación de las tablas de valores inmobiliarios, a la determinación de los valores inmobiliarios en base a las tablas mencionadas, así como la práctica del avalúo inmobiliario.

“Tomando el consideración que la realización del avalúo inmobiliario por parte de las autoridades catastrales se ha vuelto ineficaz, en virtud de que éste únicamente tiene como finalidad establecer la base para el cobro del avalúo inmobiliario, siendo que éste no refleja el valor catastral, ni el valor comercial del bien inmueble valuado”, anota el dictamen.

 

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