OAXACA, OAX., enero 13.- Durante el proceso electoral local, los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, no podrán contratar o adquirir por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión con cobertura en el Estado, establece el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEO).
Tampoco podrán contratar los dirigentes y afiliados a un partido político, o cualquier ciudadano, para su promoción personal con fines electorales. Así, los espacios en Radio y TV aun cuando sean elecciones locales serán controlados por el Instituto Federal Electoral (IFE).
“Los partidos políticos accederán a la radio y la televisión de conformidad con las normas establecidas por el apartado B de la base III del artículo 41 de la Constitución Federal y de las leyes aplicables”, establece el CIPPEO.
En la ley electoral local, se determinó también que los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, accederán a la radio y la televisión a través del tiempo que la Constitución Federal otorga como prerrogativa a los primeros, en la forma y términos establecidos por las leyes aplicables.
El artículo 113 del CIPPEO, señala que durante el periodo de precampañas locales, el Instituto pondrá a disposición entre los partidos políticos en conjunto, doce minutos diarios en cada estación de radio y canal de televisión asignados por el IFE conforme al siguiente criterio:
El treinta por ciento del total en forma igualitaria para todos los partidos políticos, el PAN, PRD, PRI, PT, MC, PUP, PSD, PVEM y Nueva Alianza.
El setenta por ciento restantes en proporción al porcentaje de votos obtenido por cada partido político en la elección para Diputados por el principio de mayoría relativa inmediata anterior.
Tratándose de coaliciones, lo anterior se aplicará observando las disposiciones establecidas en este Código.
Por carecer de votación en la elección de diputados, los partidos políticos de nuevo registro, tanto nacionales como locales, según sea el caso, participarán solamente en la distribución del treinta por ciento del tiempo.
Los mensajes de precampaña y campaña de los partidos políticos serán transmitidos de acuerdo a la pauta que apruebe el Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral, a propuesta del Instituto.
El CIPPEO establece que cada partido decidirá libremente la asignación, entre las precampañas y campañas que comprenda cada proceso electoral, de los mensajes de propaganda electoral a que tenga derecho.
Para ello, los partidos deberán informar oportunamente al Instituto sus decisiones al respecto, a fin de que éste disponga lo conducente.
Aclara el CIPPEO que ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular.
“Queda prohibida la transmisión en territorio estatal de este tipo de propaganda contratada en el extranjero. Las infracciones a lo establecido en este párrafo serán sancionadas por el Instituto Federal Electoral en los términos dispuestos por la legislación aplicable”, advierte.
El Instituto Federal Electoral, garantizará a los partidos políticos el uso de sus prerrogativas constitucionales en radio y televisión; en coordinación con el IEEPC, establecerá las pautas para la asignación de los mensajes y programas que tengan derecho a difundir, tanto durante los periodos que comprendan los procesos electorales, como fuera de ellos.
Asimismo, el Instituto Federal Electoral atenderá las quejas y denuncias por la violación a las normas aplicables y determinará, en su caso, las sanciones.
En tanto, que el tiempo de radio y televisión que el IEEPC y el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca (TEEPJO), requieran para el cumplimiento de sus fines, lo solicitarán al IFE, proponiendo las pautas para que se resuelva lo conducente.