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Las lecciones de Yucunicoco

Lo ocurrido el pasado fin de semana en Santa María Yucunicoco, Juxtlahuaca, en la región de la Mixteca, donde se detuvo a 20 elementos policíacos por estar cometiendo actos en perjuicio de los habitantes y que posteriormente fueron puestos en libertad tras un acuerdo con el Fiscal General del Estado, permite realizar algunas reflexiones en torno al caso.

Yucunicoco1--23.08.15-bol-A raíz del hecho, se gestó una polémica de si era correcto o no el acto de la comunidad de detener a los elementos policiacos, o si ello constituía una abierta oposición u obstaculización al combate de la inseguridad que impera en la zona. Incluso, hubo quien deslizó la posibilidad de una connivencia de la comunidad con el crimen organizado.

En principio, Santa María Yucunicoco es una comunidad indígena mixteca, por lo mismo, tiene derecho a la libre determinación y autonomía para aplicar su propio sistema normativo en la regulación y solución de sus conflictos internos con la limitante de respetar los derechos humanos.

Recordemos que los sistemas normativos indígenas suelen tener los tres elementos de cualquier otro sistema de justicia: normas, instituciones y procedimientos, por lo que las disposiciones constitucionales y convencionales que protegen este derecho de aplicar justicia en términos estrictos, permiten afirmar que “dado el reconocimiento de estos sistemas, las autoridades indígenas pueden resolver todo tipo de asuntos internos”; por tal, efectuaron la detención y no retención como erróneamente se manejó.

De esta forma, si los elementos policiacos cuando acudieron a la comunidad allanaron sin autorización domicilios particulares y extorsionaron a diversas personas para devolverles sus vehículos que sólo carecían de documentación, no que tuvieran reporte de robo, entonces, fue correcta la detención. No haberlo hecho así, los hubiera convertido en cómplices de tales acciones.

Esta acción tiene una perfecta justificación práctica y legal precisamente porque no se puede combatir hechos delictuosos cometiendo otros. Ni tampoco es correcto armar un operativo de esa naturaleza (más de 50 personas armadas y a bordo de cinco camionetas) sólo para recorrer una población en busca de “vehículos robados” sin tener un objetivo claro o sin haber hecho antes una labor de investigación para ubicar a posibles responsables, cuando que en la región existen hechos más graves sin esclarecer.

Esto simplemente confirma la forma en cómo los cuerpos policiacos investigan delitos y de ahí que no sea fortuito que en cuanto al nivel de confianza se ubiquen en el penúltimo lugar, según Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2014.

Es decir, no se trabaja sobre una técnica investigativa científica, sino que realizan acciones al azar en espera de lograr resultados casuísticos y así justificar acciones de combate a la seguridad.

La incursión a Yucunicoco es el perfecto ejemplo. Sólo así se explica el por qué no se metieron a las demás comunidades que les quedaban de paso.

El asunto concluyó como debió haber empezado. Desde un inicio, las autoridades estatales de seguridad pública debieron coordinarse con la comunidad a través de sus representantes.

Yucunicoco-23.08.15-bol-Sin embargo, fue hasta después de las negociaciones para obtener la libertad de los detenidos que se establecieron, ahora sí, mecanismos de coordinación entre las autoridades de procuración de justicia y de seguridad con la comunidad, que son un aliado no valorado en este proceso de combate a la inseguridad y que desde sus respectivos ámbitos contribuyen con esta función sin la infraestructura requerida.

Por ello, reviste de vital importancia que el Fiscal General de Oaxaca, como parte del proceso de negociación para liberar a sus elementos, haya aceptado dotar de uniformes a los policías municipales, equipos de radiocomunicación, así como gestionar una patrulla y el inicio de un proceso de capacitación tendiente a certificarlos, porque implícitamente reconoce la capacidad que tienen las comunidades indígenas para participar en esta tarea del tampoco son ajenas aunque sea primariamente obligación del Estado.

Era innecesaria la incursión policíaca para llegar a estos términos de coordinación entre ambas autoridades, aun así sirvió para destacar que la lógica con la que actúan las comunidades indígenas es distinta a las instituciones de seguridad, procuración y administración de justicia.

 

 

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