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Rechaza fiscal Vasconcelos informar sobre indagatoria del asesinato de María del Sol

+ A 30 meses del feminicidio “no hay un ápice de justicia, lo que representa un agravio para la sociedad”, responde la periodista Soledad Jarquín, madre de la víctima

SAN RAYMUNDO JALPAN, Oaxaca, diciembre 16 de 2020.- El fiscal General del Estado de Oaxaca (FGEO), Rubén Vasconcelos Méndez, se amparó en la Constitución y en la ley para no dar información sobre avances puntuales en torno a la investigación del asesinato de la fotoperiodista Maria del Sol Cruz Jarquín, ocurrido el 2 de junio de 2018 en la ciudad de Juchitán de Zaragoza, región del Istmo de Tehuantepec, Oaxaca.

Durante su comparecencia al mediodía de este miércoles 16 de diciembre de 2020 ante integrantes de la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia de la LXIV Legislatura del Estado, en atención a un exhorto legislativo, el funcionario omitió, además, responder cuestionamientos realizados por legisladoras, legisladores y periodistas.

Reunidos en el salón de sesiones del Congreso estatal, ante el pleno legislativo, las y los diputados mantuvieron su exigencia de “garantizar avances en torno a la investigación del asesinato de la fotoperiodista María del Sol Cruz Jarquín”.

La primera en intervenir fue la periodista Soledad Jarquín Edgar, madre de la víctima, María del Sol Cruz Jarquín.

Lamentó que a 30 meses del feminicidio de su hija “no hay un ápice de justicia, lo que representa un agravio para la sociedad”.

Además, le reviró al fiscal Vasconcelos que su presencia no respondió a ningún interés político o criminal, como habría referido el funcionario durante su comparecencia, y afirmó: “Hoy, el Fiscal General del Estado nos viene a decir que ellos han avanzado, pero hoy, yo Soledad Jarquín, madre de María del Sol, no tengo un resultado concreto, lo puedo afirmar y mirarlo a la cara”.

Luego, la diputada presidenta de la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Jusicia, Elisa Zepeda Lagunas, cuestionó los procedimientos y líneas de investigación desarrolladas por la FGEO, de acuerdo con resolutivos nacionales e internacionales.

En su derecho de réplica, la congresista recordó que el principio pro-persona se encuentra en la Constitución desde el año 2011, mientras que el tipo penal de feminicidio, desde el año 2012, por lo que, aseguró, “la actuación en torno al caso de María del Sol tuvo que haberse considerado bajo este marco legal, como feminicidio”.

Por su parte, la diputada Magaly López Domínguez cuestionó las deficiencias, omisiones  y pifias cometidas en la investigación realizada por la Fiscalía, como lo señala una resolución del Poder Judicial del Estado de Oaxaca, pero el titular de la Fiscalía, Rubén Vasconcelos, no respondió.

Además, reiteró la exigencia hacia el órgano de procuración de la justicia en Oaxaca para que haga su trabajo y cumpla la ley, porque de lo contrario se vulnera el estado de derecho con consecuencias catastróficas, dando la anuencia para que los delitos se repitan.

“Es necesario la sensibilidad y atender las súplicas de justicia emitidas por las víctimas de los delitos”, finalizó.

En tanto, el diputado Noé Doroteo Castillejos demandó atención a las y los familiares de las víctimas del lamentable acontecimiento, e hizo un llamado a “no poner objeciones o dilaciones en el acceso de los familiares a la información que se genere al respecto”.

LOS “ARGUMENTOS” DEL FISCAL

Ante la petición de brindar avances de la investigación sobre el feminicidio de la fotoperiodista María del Sol Cruz Jarquín, el fiscal Vasconcelos argumentó que “la Constitución y la Ley, bajo el principio de ‘Reserva de las actuaciones de la investigación’, consagrado en la Constitución de la República, Artículo 20, apartado B, fracción VI, así como en la Constitución local, Artículo 8, apartado B, fracción VI, y por los artículos 105, 106 y 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se prohíbe dar información sobre las investigaciones penales a sujetos no autorizados”.

También se resguardó en el Artículo 218 del CNPP, que dice: “Los registros de investigación, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, los objetos, los registros de voz e imágenes o cosas que le estén relacionados son estrictamente reservados, por lo que únicamente las partes podrán tener acceso a los mismos, con las limitaciones establecidas en el Código y demás disposiciones aplicables”.

El Fiscal General del Estado argumentó que de acuerdo con el Principio de reserva de las actuaciones -que prohíbe dar información sobre las investigaciones penales a sujetos no autorizados- se perjudicaría el proceso de investigación de los delitos basados en los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

Si cualquiera o todos conocen la información que se obtiene de una investigación se puede impedir su avance y elimina la posibilidad que sea eficiente o se podría poner en riesgo la realización de ciertas diligencias o actos de investigación, adujo.

Asimismo, las víctimas pueden sufrir daños; además, la reserva de las actuaciones también sirve para proteger la integridad física de testigos, peritos, agentes estatales, ministerios públicos y víctimas, operadores jurídicos y de imputados y víctimas, agregó.

De igual manera, se perjudica el debido proceso y su principio central: el de presunción de inocencia y protección de datos personales, tal como lo estipulan tribunales federales, toda vez que es un derecho vinculado con la salvaguarda de otros derechos fundamentales inherentes al ser humano.

Recordó que es la Constitución de la República la que modela las reglas del sistema penal y del sistema de investigación de delitos, la que establece los derechos de las víctimas e imputados y el deber de realizar investigaciones objetivas y eficientes y la que también consagra, en consecuencia, el principio de reserva de las actuaciones.

“Si yo o ustedes violamos estos derechos, violamos la Constitución y ello es motivo de un juicio político y de responsabilidad penal, porque estaríamos cometiendo un delito contra el sistema de seguridad pública, tipificado en el Artículo 165 fracción IV del Código Penal del Estado que impone de 2 a 4 años de prisión a quien dé a conocer por cualquier medio a quien no tenga derecho, documentos, registros, imágenes, constancias, estadísticas, reportes o cualquier información de la que tenga conocimiento en ejercicio o con motivo de su empleo, cargo o comisión”.

Rubén Vasconcelos Méndez expuso que su comparecencia en el recinto legislativo se sustenta en el respeto a las instituciones del Estado, más aún a la que representa la soberanía del pueblo. “Vine por respeto a la institución del Congreso del Estado, lugar donde el pueblo es representado”, dijo.

“En nombre de la Fiscalía General y de la mayoría del pueblo de Oaxaca (sic), pido diputadas y diputados que no permitan que unos pocos afecten el trabajo de la Institución; no permitan frenar o entorpecer el proceso de fortalecimiento institucional en el que estamos avanzando, no permitan que se contamine a la Fiscalía General de intereses políticos o criminales”.

Consideró que “la justicia es un área que debería estar exenta de la lucha política, un espacio institucional que debería estar fuera de la pugna entre partidos, un bien que deberíamos todas y todos a comprometernos a cuidar y no lastimar con nuestros intereses personales o de grupo”.

Enfatizó que “solamente con visión de Estado se puede entender la importancia que tiene en una sociedad la procuración de justicia. En gran medida la gobernabilidad, la seguridad, la paz social y el desarrollo dependen de ella”.

Así, el titular de la FGEO evitó dar avances de la investigación, no respondió a los cuestionamientos de las y los diputados, y tampoco a las preguntas de periodistas. A pasos rápidos salió el recinto legislativo, subió a su camioneta custodiado por varios elementos de seguridad y se fue como llegó.

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