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Tribunal ‘silencia a AMLO’ y permite recopilar firmas impresas en todo el país para la revocación de mandato

+ El TEPJF resolvió 11 asuntos que corrigen los criterios adoptados por el INE para llevar a cabo este proceso democrático.

Ciudad de México. 2 de noviembre de 2021.- El Tribunal Electoral ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar los lineamientos para la organización de la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, de tal forma que se puedan utilizar formatos físicos y electrónicos en todo el país para juntar las firmas de apoyo.

La sentencia cambia la decisión que tomó el INE para permitir los formatos impresos únicamente en las localidades de mayor marginación y pobreza en el país.

Ahora, para recabar las firmas de apoyo se deberán facilitar en todo el país formatos físicos y en dispositivos electrónicos, de tal forma que la ciudadanía interesada cuente con la posibilidad de elegir el medio que más les convenga.

Aplicación móvil del INE para recabar firmas de apoyo para el proceso de revocación del mandato.

La Sala Superior del tribunal resolvió 11 impugnaciones contra los lineamientos y decisiones administrativas emitidas por el INE, que fueron presentados por ciudadanos y por los miembros de Morena y del Partido del Trabajo.

Respecto al voto de las personas mexicanas residentes en el extranjero, no es posible implementar el voto vía postal en estos momentos, por su complejidad técnica, material y presupuestal, sobre todo dado que el presente proceso ya inició, argumenta el Tribunal Electoral. Por tanto, el INE deberá llevar a cabo los estudios técnicos y financieros necesarios para analizar las modalidades de votación que se podrían implementar desde el extranjero.

También se resolvió que el plazo de 15 días para manifestar la intención de promover la revocación de mandato no viola la ley en la materia, como se reclamó en un juicio.

AMLO no podrá opinar ni informar

El Tribunal confirmó que es violatorio de la Ley Federal de Revocación de Mandato que los lineamientos establezcan la posibilidad de que el Presidente tenga “derecho a opinar e informar acerca de la continuidad de su cargo”, en virtud de que la propia Ley dispone que el INE es la única entidad facultada para emplear recursos públicos en la promoción objetiva, imparcial y con fines informativos de la participación ciudadana en dicho proceso.

El presidente López Obrador –y en general todos los entes de gobierno— tienen prohibido influir en la opinión de la ciudadanía durante el proceso de la revocación de mandato.

Se definió que no es un requisito exigido por la norma el expresar en los escritos de aviso de intención los motivos o causas para participar de manera directa en el proceso.

La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE tiene atribuciones para aplicar los lineamientos y analizar el cumplimiento de los requisitos del escrito de aviso de intención, en este caso no se requirió alguna interpretación que ameritara el pronunciamiento del Consejo General.


Este artículo fue tomado de la agencia Aristegui Noticias: https://actualidad.rt.com/actualidad/408900-gran-tormenta-magnetica-provocada-erupcion

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