SAN RAYMUNDO JALPAN, Oaxaca, agosto 30.- La diputada Ángela Hernández Solís, coordinadora de la fracción parlamentaria del Partido Movimiento Ciudadano (MC) en la LXI Legislatura del Estado, propuso normar la administración de documentos, además de regular la organización, funcionamiento, restauración, conservación y difusión del Sistema Estatal de Archivos.
Durante la sesión ordinaria de la Diputación Permanente el miércoles 28 de agosto, consideró que la Ley de Archivos del Estado de Oaxaca no está adecuada a la altura de los tiempos que vivimos y, por ello, es necesario fomentar también el resguardo, difusión y garantizar a la ciudadanía el acceso a los archivos públicos.
Por ello, la legisladora Hernández Solís presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar los artículos 2, fracción IV; 5; 7 Bis y 15 y adicionar la fracción V al artículo 3 a la Ley de Archivos del Estado de Oaxaca.
En su exposición de motivos señaló que el Sistema Estatal de Archivos es una figura que ha prestado servicios valiosos en la administración y preservación del patrimonio documental histórico, así como en la regulación de la organización, funcionamiento, restauración y difusión del acervo.
“Sin embargo, sin la adecuación de la Ley de Archivos del Estado a lo mandatado en la reforma constitucional del 2010, ese sistema no es garantía del cumplimiento efectivo de lo contenido en los Artículos 3 y 25 de la Constitución política estatal”, advirtió.
“Esos artículos promueven el fortalecimiento de las tradiciones y prácticas culturales y de la protección de la riqueza que conforma el patrimonio cultural de la Nación en su expresión documental, así como el fortalecimiento a la autonomía de los órganos constitucionales existentes”, apuntó.
En este sentido, dijo que en Oaxaca tenemos un marco legal que debe ser revisado por el Congreso del Estado con el mayor cuidado posible, con el fin de construir las instituciones y procesos de gobierno que redunden en la paz y el progreso que anhela y merece la sociedad.
Consideró que es éste el momento en el que se puede y debe fortalecer nuestro marco legal, en donde la pluralidad permita tener gobiernos funcionales y eficientes.
De ser aprobada la iniciativa, el Artículo 2 en su fracción IV quedaría de la siguiente manera: “Son sujetos obligados de esta Ley: El Poder Judicial, el Consejo de la Judicatura, el Tribunal Superior de Justicia, los Tribunales Especializados y los Jueces de Primera Instancia”.
El Artículo 3 en su fracción IV establecería: “Son objetivos de esta Ley: Promover la conservación, difusión, acceso y consulta de los acervos a través de los instrumentos archivísticos, cuadro general de clasificación archivística, catálogo de disposición documental e inventarios de archivo”.
En tanto, la fracción V señalaría: “garantizar a la ciudadanía el acceso a los archivos públicos”.
Mientras, el Artículo 5 quedaría de la siguiente manera: “En la aplicación e interpretación de la presente ley, se observarán los principios de reserva, confidencialidad, disponibilidad, eficiencia, localización expedita, integridad, máxima publicidad y conservación, como lo establece la Ley de Transparencia y acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca y demás disposiciones legales aplicables”.
La iniciativa de ley fue turnada a la Comisión Permanente de Administración de Justicia, para su análisis.