+ Siguen en “receso laboral” alrededor de 1 mil 500 empleados sindicalizados del gobierno de la Ciudad
OAXACA, OAX., junio 30 del 2020.- En sesión extraordinaria de Cabildo realizada de manera virtual, el Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez determinó que este 1 de julio no se reanudarán las actividades de giros no esenciales, toda vez de la entidad se encuentra en “semáforo rojo” que indica alto riesgo de contagios por Covid-19.
El punto de acuerdo propuesto por el residente municipal, Oswaldo García Jarquín, de extender las medidas hasta que se modifique el indicador rojo del semáforo de riesgo, fue aprobado por unanimidad.
Luego de que el gobierno federal diera a conocer que del 29 de junio al 5 de julio el semáforo de riesgo continuará en “rojo” para Oaxaca, seguirá el “receso laboral” para alrededor de 1 mil 500 empleados sindicalizados del Ayuntamiento.
Igualmente la suspensión temporal de actividades en salones de fiesta, antros, cantinas, bares, centros nocturnos, cervecerías, mezcalerías, centros botaneros y similares establecidos en la capital del Estado.
El Cabildo de Oaxaca de Juárez argumentó que el objetivo es “salvaguardar la salud de las personas”.
El punto de acuerdo considera que los centros o locales comerciales que expendan alimentos preparados, tendrán prohibido el consumo de los mismos en el propio establecimiento, así como que los centros o locales comerciales con giros esenciales, deberán aplicar las medidas de prevención sanitaria, emitidas por las autoridades competentes.
Establece que solamente podrán continuar en funcionamiento aquellos comercios cuyo giro esté directamente vinculado al cuidado de la salud humana y animal, así como los involucrados en la disposición adecuada de los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI); además, los establecimientos cuyo giro sea la distribución y venta de gasolina o gas y la generación y distribución de agua potable o agua purificada para consumo humano.
También se estipula que podrán continuar operando, con estricto apego a las medidas sanitarias, aquellos establecimientos que se dediquen a la venta de productos alimenticios básicos para consumo humano y animal, así como los mercados, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y establecimientos dedicados a la venta de artículos de higiene personal y productos de limpieza, lavanderías, productos de ferretería, plomería y electricidad, reparación de aparatos electrodomésticos, telecomunicaciones, control de plagas, servicios relacionados con la reparación y mantenimiento de vehículos, servicios de mensajería, servicios funerarios y de inhumación.
Por lo que respecta a los establecimientos que se dediquen a la elaboración y venta de alimentos preparados y bebidas no alcohólicas, podrán funcionar únicamente a puerta cerrada en la modalidad de servicio a domicilio .
La medida dispone que las instituciones de banca, ahorro y crédito, aseguradoras y casas de empeño, deberán establecer mecanismos de control sanitario que eviten aglomeraciones al exterior de sus sucursales derivados del tiempo de espera por los servicios que prestan; además tendrán que observar las disposiciones de sana distancia.
Asimismo, se ordena que los comercios cuya licencia les autorice la venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada, deberán suspender dicho servicio a partir de las 18:00 horas.