OAXACA, OAX., octubre 23.- Uno de los principales problemas que surgen a la hora de realizar un trámite personal, es detectar que nuestra acta de nacimiento tiene un error, motivo que nos imposibilita para seguir nuestro trámite.
Por ello, es muy importante revisar a tiempo nuestros documentos personales, en especial nuestra acta de nacimiento, ya que se considera como el principal documento de identidad. Cuando nuestra acta de nacimiento tiene un error, no puede identificarnos.
Por tal razón, es necesario darnos cinco minutos para revisar minuciosamente que nuestra acta de nacimiento no tenga ningún error.
Procedimiento
Para corregir un error en el acta de nacimiento se debe solicitar ante la Unidad Jurídica del Registro Civil una Aclaración de Acta. Hay que tener en cuenta que existen dos tipos de aclaraciones de acta:
Aclaración ordinaria: en este tipo de aclaración se corrigen aquellos errores ortográficos, lingüísticos, mecanográficos o de escritura, así como la inversión de apellidos, siempre y cuando de los demás datos sea evidente dicha inversión. Para poder subsanar el error se deben presentar como requisitos: solicitud de aclaración, la puedes conseguir en Recaudación de Rentas; una fotocopia simple u original de la certificación de datos del acta a aclarar, se obtiene en la oficialía de origen o en el Archivo Central, en Violetas 914 Col. Reforma; también es necesario presentar mínimo tres documentos que contenga los datos correctos que se pretenden corregir, estos documentos pueden ser: credencial de elector, fe de bautizo, boleta escolar, comprobantes de pago, etc. El tiempo de respuesta para una aclaración de este tipo varía de 15 a 20 días, el costo aproximado es de 308 pesos.
Aclaración por uso: Se agrega el apellido faltante, generalmente sucede cuando compareció a inscribir el nacimiento solo uno de los progenitores, para ello, es necesario demostrar que se ha usado el apellido faltante. Los documentos que se deben presentar son: solicitud de aclaración de actas; una fotocopia certificada del libro de la Oficialía del Registro Civil o comprobante de inexistencia; una fotocopia certificada del libro del Archivo Central o comprobante de inexistencia; tres documentos públicos que pueden ser: credencial de elector, constancia de origen, pasaporte, cartilla del servicio militar, certificados de estudios, credenciales de filiación al IMSS, ISSSTE, seguro popular, acta de matrimonio del interesado, acta de nacimiento de los hijos etc.; tres fotocopias simples de documentos privados que pueden ser: notas de compra, recetas médicas, recibo de CFE, agua, teléfono y otros. El tiempo de respuesta para una aclaración de este tipo varía de 15 a 20 días, el costo aproximado para este trámite es de 946 pesos.
¿Qué pasa si mi nombre tiene un error?
Vale la pena mencionar, que cuando el error en nuestra acta de nacimiento afecta directamente nuestro nombre y además se ha hecho uso de un nombre distinto en diversos trámites públicos y privados siendo la misma persona, no se considera una aclaración, se trata de un Juicio de Rectificación, el cual es competencia de la Autoridad Judicial de la jurisdicción correspondiente.
Registro Civil recomienda que antes de abandonar cualquiera de sus oficinas, se revise que la documentación entregada sea correcta, ya que así se tendrá la oportunidad de subsanar el error al momento. También solicita a la ciudadanía no tratar de corregir personalmente los errores, esto puede acarrear problemas legales.
Soy oaxaqueño, radico fuera de mi estado y tengo un error en mi acta de nacimiento ¿cómo le hago?
El Registro Civil a través de su departamento de Trámites Foráneos ofrece este servicio a distancia, tan solo debes ponerte en contacto al correo enlace.regcivil@oaxaca.gob.mx o a los teléfonos 01 95 1 516 88 74 y 01 95 1 516 79 51.
No te dejes sorprender
Es importante saber que las aclaraciones de acta, únicamente se realizan vía oficialía y directamente en la Unidad jurídica en García Vigil 602, Centro, en el caso de solicitarlo a través de Trámites Foráneos existe una línea bancaria oficial. El pago de derechos se hace a través del sistema de Recaudación de Rentas y se debe exigir el comprobante de pago.
Para tener en cuenta
Gobierno del estado, coadyuvando a la economía familiar, pone en marcha cada año a través del Registro Civil durante los meses de abril y mayo el programa gratuito de Aclaración de Actas.