+ Para evitar su entrega, la ASE que dirige Carlos Altamirano Toledo argumenta que dicha información la tiene el Congreso del Estado
OAXACA, OAX., marzo 19.- El Consejo General de la Cotaipo, que preside Esteban López José e integran las consejeras Gema Ramírez Ricárdez y Eréndira Fuentes Robles, aprobaron por unanimidad ordenar a la Auditoría Superior del Estado (ASE), que dirige el neo perredista Carlos Altamirano Toledo, entregar las copias digitales de los informes de resultados de las auditorías practicadas a las cuentas públicas de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los años 2010, 2011, 2012.
En su exposición de motivos, el recurrente detalla que solicitó los resultados de las auditorías que se realizaron a los sujetos obligados, por lo tanto, la ASE debe tener copia de la información requerida en sus archivos, además de que ésta no justificó las razones legales por las cuales es el Congreso del Estado el que debe entregar la información solicitada, según lo que indica la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca.
Por su parte, los consejeros al hacer un análisis y estudio del recurso de revisión coincidieron en que el objetivo primordial de la Cotaipo es garantizar y promover el derecho de acceso a la información pública, resolver la negativa o defecto de la solicitud de acceso a la información pública, así como suplir las deficiencias en los recursos interpuestos por los particulares por ser un derecho fundamental establecido en la ley antes mencionada.
Por lo anterior, resulta evidente que la información solicitada se encuentra dentro de la catalogada como pública de oficio y, por lo tanto, no pone en riesgo la seguridad nacional, estatal o municipal.
Así, al no recaer en estos supuestos le otorgaron la razón al ciudadano, ya que es obligación de la institución proporcionar la información.
Los integrantes de la Cotaipo aprobaron también ordenar a la ASE entregar la Información que es catalogada como pública de oficio, sin que medie solicitud alguna, en un plazo no mayor a los tres días hábiles posteriores a su aprobación.