Diez tendencias de mercadotecnia 2025
Abanico
– Ivette Estrada
+ Una iniciativa de reforma de ley en favor de los pueblos
Urge contar con una ley que exprese
con todas las letras necesarias
que somos radios comunitarias,
radios indígenas.
Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC)
México
Milton Gabriel Hernández García*
En meses recientes, la fracción parlamentaria de Morena en la Cámara de Diputados ha promovido una iniciativa de ley para que los pueblos originarios tengan acceso pleno al uso y disfrute de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, además de fortalecer los alcances de las radios comunitarias e indígenas.
Según datos de la ONU, en México sólo existen 140 concesiones a radios comunitarias y 18 a radios indígenas, mientras que en el territorio nacional existen por lo menos 1 mil 500 frecuencias de uso comercial.
Las políticas que se derivan de la actual Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) y de la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano han representado, en la práctica, importantes barreras en el acceso, subsistencia, promoción y desarrollo de los medios comunitarios e indígenas, que incluso han sido criminalizados durante muchos años.
El proceso para que una radio comunitaria o indígena obtenga una concesión es altamente lento y tortuoso si no se cuenta con la asesoría técnica y jurídica especializada, además de que los trámites están centralizados en la Ciudad de México, lo que resulta costoso e inaccesible para muchas comunidades.
Afortunadamente, esta realidad está empezando a ser transformada. El pasado 8 de diciembre, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, por consenso de 454 votos a favor, el dictamen de la Comisión de Radio y Televisión que reforma diversos artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), a fin de que comunidades indígenas obtengan concesiones para que transmitan en sus lenguas originarias y se reconozca su derecho al uso de telecomunicaciones y plataformas digitales.
Con la reforma planteada, el artículo 66 de esta ley ahora señalará que “se requerirá concesión única para prestar todo tipo de servicios públicos de telecomunicaciones y radiodifusión, a excepción de los servicios de uso social comunitaria e indígena, que podrán acceder a este tipo de concesión bajo modalidades especiales en atención a la naturaleza de sus servicios y a la condición de sus operadores”.
Para simplificar y facilitar el proceso para las comunidades, la reforma que ha propuesto el grupo parlamentario de Morena plantea modificar el sistema de concesión única, contemplado en la fracción IV de artículo 67 de la LFTR.
Ahora se reconoce también la modalidad de concesión simple, prevista para comunidades o pueblos indígenas que pretendan acceder a la concesión para una radio de baja potencia (de 20 a 300 watts), en una localidad específica en la que no existen estaciones de uso comercial operando o en la que, existiendo, no compiten dentro del mismo mercado.
Considera también la concesión de uso compartido del espectro radioeléctrico, específica para asociaciones civiles con respaldo de comunidades indígenas o directamente de dos o más comunidades indígenas.
Además, se reconoce la concesión de uso experimental, la cual puede ser otorgada hasta por dos años, transcurridos los cuales, el o los operadores podrán solicitar la concesión tradicional.
La reforma establece mecanismos de colaboración entre el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL) y las organizaciones sociales para facilitar el otorgamiento de concesiones a comunidades, con el objetivo de que transmitan por internet y a través de ondas radiales en sus lenguas originarias, en especial en las zonas más alejadas y de difícil acceso.
Este dictamen, que se ha enviado ya al Senado de la República para sus efectos constitucionales, también plantea que a través de la radio comunitaria se podrán promocionar comercialmente diferentes productos o servicios, siempre y cuando sean pertinentes al contexto cultural y fortalezcan la economía local.
Sin duda alguna, esta propuesta de reforma legislativa constituye un gran avance en la lucha de los pueblos y comunidades campesinas e indígenas por contar con medios de comunicación propios, los cuales han demostrado además que son importantísimas herramientas para promover la cultura local, la defensa del territorio y las lenguas originarias, además de que contribuyen a la rearticulación de los tejidos sociales comunitarios.
*Etnólogo por la Escuela Nacional de Antropología e Historia (ENAH), maestro y doctor en Desarrollo Rural por la UAM-Xochimilco, investigador titular C de tiempo completo del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).
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La vorágine de información que fluye diariamente en medios de comunicación sobre la vida política y los asuntos públicos del país y del mundo, provocó que pasara un poco inadvertida la reciente aprobación en lo general y en lo particular del dictamen que expide la Ley General para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno en la Cámara de Diputados. La iniciativa que da paso a esta ley fue propuesta por la bancada de MORENA y fue votada por 395 legisladores, el pasado 29 de septiembre. No se tuvo ningún voto en contra.
Esta ley responde a una demanda que desde hace varias décadas han venido planteando miles de víctimas que a lo largo y ancho del país han tenido que dejar sus casas y comunidades, sobre todo rurales e indígenas, para huir principalmente de la violencia del crimen organizado.
El Desplazamiento Interno Forzado data de los años setenta del siglo pasado, cuando el Estado mexicano emprendió la guerra sucia contra los luchadores sociales, pero se incrementó exponencialmente en el sexenio de Felipe Calderón, en el marco de su fallida y simulada guerra contra el narcotráfico.
En esta ley se reconocen por primera vez a nivel nacional, los derechos de las personas desplazadas, además de que establece atribuciones y competencias entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y los organismos autónomos para prevenir, atender, proteger y, sobre todo, generar soluciones duraderas para resolver este fenómeno.
La ley establece por primera vez la creación del Registro Nacional de Personas Desplazadas. Este registro será un paso altamente significativo, pues hasta el momento no existe una cifra oficial confiable a nivel nacional que nos permita saber con certeza el número de víctimas que han sido desplazadas de sus comunidades y sus territorios. Según la Comisión Mexicana para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), se pueden contabilizar al menos 346 mil personas desplazadas en este momento en el país.
La nueva legislación también establece la creación de un fondo para la atención integral de los casos de desplazamiento. Además, parte de una perspectiva integral, pues reconoce las múltiples causas que pueden generar el desplazamiento forzado: conflictos armados, violencia familiar, discriminación, xenofobia, intolerancia religiosa, desastres naturales o emergencias sanitarias.
La aprobación de esta ley es un paso fundamental en la agenda de derechos humanos de nuestro país. Sin duda era más que necesaria, urgente. Pero más importante que su aprobación es que da el fundamento para construir una política pública en materia de desplazamiento forzado interno que cuente con datos, indicadores, estrategias y soluciones culturalmente pertinentes para este fenómeno social, que se ha convertido en uno de los grandes problemas nacionales heredados por cuatro décadas de corrupción, neoliberalismo y narco-gobierno.
*Etnólogo por la Escuela Nacional de Antropología e Historia (ENAH), maestro y doctor en Desarrollo Rural por la UAM-Xochimilco, investigador titular C de tiempo completo del Instituto Nacional de Antropología Historia (INAH).
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