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Impide Ley Orgánica del Congreso que diputados de filiaciones distintas formen bancada

SAN RAYMUNDO Jalpan, Oaxaca, noviembre 17.- La Ley Orgánica del Congreso del Estado establece que para integrarse en fracción parlamentaria los representantes populares deberán ser de la misma filiación de partido y requisito esencial es que lo integren cuando menos dos diputados.

En medio de la polémica que ha generado la escisión de dos diputados del PRD, Pavel López Gómez y Aleida Serrado Rosado; Carlos Hampshire Santibáñez Franco, del PUP, y Raúl Bolaños Cacho Guzmán, del PAN, para sumarse a la bancada del PT, éstos estarían imposibilitados para amalgamarse.

Y es que la disputa interna en el PRD orilló a López Gómez, Serrado Rosado, Hampshire Franco y Bolaños Cacho, a arroparse en la bancada petista sin renunciar a sus respectivos institutos políticos, salvo el caso del legislador plurinominal panista que renunció a ésta para volverse “independiente”.

La nueva coordinación legislativa del PT está ahora bajo la tutela del diputado Flavio Sosa Villavicencio, en lugar de Hita Beatriz Ortiz Silva.

La pretensión de los ex legisladores perredistas y el pupista es cuestionada por sus compañeros de bancada, quienes les exigen renunciar primero al PRD y PUP, declararse “independientes” y luego adherirse al grupo parlamentario del PT.

El Artículo 53 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo señala que “las fracciones parlamentarias son la forma de organización que podrán adoptar los diputados con igual filiación de partido para realizar tareas específicas en el Congreso”.

El Artículo 54 advierte que “las fracciones parlamentarias tenderán a garantizar la libre expresión de las corrientes ideológicas representadas en el Congreso, y coadyuvar al mejor desarrollo del proceso legislativo, facilitando la participación de los diputados en estas tareas”.

El Artículo 55 agrega que “los diputados de la misma filiación de partido podrán constituir una sola fracción parlamentaria y será requisito esencial que lo integren cuando menos dos diputados”.

Señala también que las fracciones parlamentarias se tendrán por constituidas cuando presenten los siguientes documentos a la Mesa Directiva de la Legislatura:

Acta en la que conste la decisión de sus miembros de constituirse en fracción parlamentaria con especificación del nombre del mismo y lista de los integrantes, además de nombre del diputado que haya sido electo coordinador de la fracción parlamentaria.

Para que quede legalmente constituida, la fracción parlamentaria deberá entregar la documentación requerida en la sesión que da inicio en el primer período ordinario de sesiones de cada Legislatura.

Examinada la documentación por el Presidente de la Mesa Directiva, en sesión ordinaria hará la declaratoria de la constitución de las fracciones parlamentarias y a partir de ese momento ejercerán las atribuciones concedidas en la Ley.

Sin embargo, la sesión que daría inicio al primer período ordinario de sesiones del primer año de ejercicio legal fue suspendida este miércoles ante la falta de quórum que provocaron los diputados del PRD y PRI, por lo que el PT no pudo constituir legalmente su nueva bancada.

En una carta enviada a la Mesa Directiva, los neo diputados del PT, López Gómez, Serrano Rosado, Hampshire Franco y Bolaños Cacho Guzmán argumentaron su determinación de amalgamarse en el Partido de Trabajo por el derecho de libre asociación estipulado en el Artículo 9 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a letra dice: “No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto licito, pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país…”.

 

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