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Aprueba LX Legislatura local la separación del Estado y las iglesias

La sexagésima Legislatura del Estado reformó el Artículo 29 de la Constitución estatal para establecer en Oaxaca el principio del laicismo, a fin de que las iglesias (culto, religión o dogma) no puedan imponer al Estado (los tres poderes de Gobierno) cuál debe ser la estructura y racionalidad de una ley, ni el Estado diga a una iglesia cómo organizar su culto.

Aun con el rechazo de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN), priistas y adherentes modificaron la Constitución de la entidad para “garantizar la autonomía en lo político de la sociedad civil frente a las normas religiosas y filosóficas particulares”.

Con el aval de las bancadas de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y las unipersonales de Nueva Alianza (Panal), del Trabajo (PT) y Unidad Popular (PUP), el Artículo 29 de la Constitución del Estado de Oaxaca quedó de la siguiente manera:

“El Estado adopta para su régimen interior la forma de gobierno republicano, representativo, laico y popular, teniendo como base de su organización política y administrativa el municipio libre”.

Al defender en tribuna su propuesta, durante la sesión extraordinaria celebrada la madrugada del jueves último, la diputada del PRD, Guadalupe Rodríguez Ortiz, expuso que el laicismo es una garantía para los derechos de los ciudadanos.

“El laicismo nos garantiza que no habrá la imposición de una sola verdad religiosa o de índole dogmática como una política pública de Estado”, señaló.

Puntualizó: El laicismo debe entenderse como una “doble emancipación: la del Estado frente a las iglesias y la de las iglesias frente al Estado”, porque el Laicismo va de la mano con la laicidad en cuanto a modelo institucional y político ligado al principio de igualdad de las personas.

La legisladora perredista argumentó ante el pleno cameral que la iniciativa busca posibilitar la existencia de un Estado que no inculque o imponga entre las y los ciudadanos religión o creencia alguna y se mantenga en absoluta neutralidad frente a ideas o expresiones con un mismo carácter.

Aseguró que con esta reforma “el Estado garantiza espacios amplios y abiertos para que todos los grupos religiosos puedan profesar sus cultos y difundir sus ideas en un plano de igualdad”.

Lo toral, afirmó, es que el Estado no puede intervenir en las Iglesias, el modelo de estructura jerárquica o los principios cristianos, y viceversa las Iglesias no pueden intervenir en los asuntos del Estado.

“Ni las iglesias pueden imponerle al Estado cuál debe ser la estructura y racionalidad de una ley, ni el Estado puede decirle a una Iglesia como debe organizar su culto”, subrayó.

De acuerdo con el documento, con la inclusión del “Principio de laicidad del Estado” se garantiza el respeto a la libertad de conciencia y a su práctica individual y colectiva, así como la igualdad ante la ley y la no discriminación directa e indirecta hacia las personas.

Asimismo, se fortalece la tolerancia y se impide la contaminación de las políticas del Estado por quienes en aras de sus fines particulares y privilegios buscan influir y mediatizarlas.

Puntualiza que la laicidad del Estado no debe entenderse como antirreligiosa, toda vez que entre sus fines no está socavar la libertad de culto ni la libertad religiosa.

“Es decir, la laicidad no busca regir ni hurgar en la vida privada de las personas para prohibirles que ejerzan con libertad sus creencias religiosas o las manifiesten mediante algún culto”.

Sostiene que en la actualidad “es necesario sepultar para siempre la única religión verdadera, las únicas ideas válidas, el único sexo con capacidad de gobernar y cualquier otra forma de negar a los otros y a las otras, a sus culturas y convicciones, el derecho a coexistir”.

 

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