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Responde Genaro Vásquez a ‘Noticias’: es totalmente calumnioso, afirma

OAXACA, OAX., septiembre 25.- El comisionado presidente del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública (IEAIP), Genaro Vásquez Colmenares, rechazó señalamientos del periódico “Noticias”, en el sentido de que habría incurrido en conductas delictuosas por dar a conocer información que evadió responder el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), Alfredo Lagunas Rivera.

Y es que el diario “Noticias” publicó que “Genaro Vásquez sería responsable penalmente” por revelar que Lagunas Rivera se negó a “dar respuesta a cuatro preguntas evadidas, de un cuestionario de 10 con número de folio 5186, relacionado con el Fondo para la Administración de Justicia”.

Por la importancia de la información con la opinión pública, a continuación reproducimos íntegra la “carta aclaratoria” enviada por el comisionado Vásquez Colmenares al director editorial del medio de comunicación escrita, Ismael Sanmartín Hernández.

LIC. ISMAEL SANMARTÍN

DIRECTOR DEL DIARIO

NOTICIAS DE OAXACA

P R E S E N T E

En uso del derecho de réplica que me asiste, y con relación a la nota publicada el viernes 23 de septiembre en primera plana, bajo el título “Genaro Vásquez sería responsable penalmente”, en la cual se me atribuyen procedimientos ilegales en cuanto al ejercicio de mis funciones como Presidente del Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública (IEAIP), aclaro lo siguiente:

1.- El IEAIP realiza sus funciones con estricto apego a la normatividad establecida en la Constitución y en las leyes aplicables en materia de transparencia y acceso a la información pública. En consecuencia, es totalmente calumnioso imputar a esta institución y al suscrito, conductas delictuosas como abuso de autoridad y extralimitación de funciones.

2.- Uno de los desempeños esenciales del IEAIP es garantizar el derecho de acceso a la información pública, y en ese sentido, el pasado 12 de septiembre, en Sesión de Resolución, el Consejo General sentenció al sujeto obligado Tribunal Superior de Justicia del Estado, a dar respuesta a cuatro preguntas evadidas, de un cuestionario de 10 con número de folio 5186 relacionado con el Fondo para la Administración de Justicia, enviado por un solicitante que lo hizo con todo el derecho constitucional y legal.

3.- El Recurso de Revisión aludido consideró insatisfactorias las respuestas a las preguntas 3,4,7 y 9, en las cuales, respectivamente, solicitaba: cuál ha sido el ingreso en cada uno de los 18 años de existencia que tiene tal Fondo; quiénes han sido o son los encargados de administrarlo, cuáles son las líneas e instituciones bancarias en que están invertidos los fondos y cuál su rendimiento por intereses: así como precisar los conceptos integrantes de los recursos disponibles y detallar los montos por depósito de arrendamientos, pensiones alimenticias, garantías de reparación de daño, fianzas, entre otros conceptos.

4.- El sujeto obligado, Tribunal Superior de Justicia del Estado, negó la información relacionada directamente con montos económicos del citado Fondo de Justicia bajo el argumento de que es información reservada. Sin embargo, conforme con la Ley de Transparencia Estatal, se trata de información que debe estar contenida en la Información Pública de Oficio, disponible para toda persona sin mediar solicitud, en la página web.

5.- Por tanto, cualquier intento de desviar la atención, como tiende a hacerlo la nota periodística motivo de esta carta, sólo admite una interpretación: se pretende desplegar un artificio mediático, para evitar que el sujeto obligado, Tribunal Superior de Justicia, cumpla con su obligación de abrir sus archivos al escrutinio público, sin exceptuar el tema del Fondo de Justicia, que no solo es de interés de un particular sino de interés social por tratarse del manejo de recursos económicos ajenos al presupuesto de egresos del Poder Judicial.

6.- Niego terminantemente haber incurrido en los delitos de abuso de autoridad, extralimitación de funciones o cualquier otro. Por tanto, si existiese algún presunto ofendido por dichos ilícitos, lo conmino a que con todo valor civil presente la denuncia o querella que procedan ante el Ministerio Público.

7.- El Derecho de Acceso a la Información y a la Rendición de Cuentas, son elementos fundamentales en nuestra estructura política, que este instituto garantiza con estricto apego a la ley y que han sido proclamados reiteradamente por el Gobernador Constitucional del Estado, pero que en esta ocasión, al margen de esa línea, contradice abiertamente el ciudadano Presidente del Tribunal Superior de Justicia.

Agradeciendo publicar esta carta en igual contexto que el dado a la nota antes aludida, le expreso mi atenta consideración.

LIC. GENARO VÁSQUEZ COLMENARES

Oaxaca de Juárez, Oax., 25 de septiembre de 2011.

 

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