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Propone diputada Clarivel rectificar la Ley de Pensiones por injusta y discriminatoria

+ La Ley en la materia que regía desde 1958 fue abrogada por contener disposiciones obsoletas, y la aprobada en enero de 2012 es perfectible para beneficio de los gobernados y hacer realidad la justicia que debe imperar en nuestros actos, sostiene la Legisladora

SAN RAYMUNDO Jalpan, Oaxaca, abril 4.- La diputada panista Clarivel Constanza Rivera Castillo consideró que la Ley de Pensiones de los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca, a más de un año de estar vigente, “no es perfecta y es necesario rectificar una omisión”, porque el primer párrafo del Artículo 64 “es injusto y discriminatorio”.

“La ley en la materia que regía desde el año 1958 fue abrogada, evidentemente por contener la mayoría de su articulado disposiciones obsoletas, y la aprobada en enero de 2012 mediante el decreto 885 es perfectible para beneficio de los gobernados y hacer realidad la justicia que debe imperar en nuestros actos”, indicó.

Durante la sesión ordinaria de la LXI Legislatura del Estado efectuada el 20 de marzo pasado, la diputada Rivera Castillo, presidenta de la Comisión Permanente de Asuntos Metropolitanos, presentó un proyecto de decreto de reforma al primer párrafo del Artículo 64, “para que sea equitativo y justo” para los trabajadores del Gobierno del Estado.

Así, éstos, en el momento en que se separen de su encargo de manera definitiva, podrán disponer sin mayor trámite de sus aportaciones o descuentos concentrados en el Fondo de Pensiones.

“Ello, sin tener que padecer el problema de promover un juicio de nulidad ante la autoridad competente para que ésta resuelva en consecuencia”, apuntó la Legisladora en tribuna.

Propuso que, de ser aprobada esta reforma, el primer párrafo del Artículo 64 quedaría de la siguiente forma: “El trabajador que no tenga derecho a pensión y se separe, o sea separado definitivamente del servicio, tendrá derecho a que se le devuelvan los descuentos que se le hubieren hecho para el Fondo de Pensiones, deducidos los adeudos que tuviere pendientes con la Oficina de Pensiones”.

La Legisladora del partido blanquiazul por el distrito XXII de Oaxaca de Juárez explicó que la actuación de los integrantes del Poder Legislativo, creador de leyes y ordenamientos, útiles, viables, democráticas y justas, es una de varias atribuciones y deberes que tienen.

“También es correcto reconocer que si elaboramos, analizamos y aprobamos una ley, también lo es, observarla, verificarla, criticarla y si no es adecuada y equitativa en alguna de sus disposiciones, la obligación es rectificar y corregir lo que en derecho y proceso legislativo proceda”, subrayó.

Dijo que la Ley de Pensiones de los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca no debe establecer ni categorizar a los mismos como de primera y segunda; por ello, es necesario proceder a corregir la redacción del primer párrafo del Artículo 64 para no distinguir a empleados de base, confianza u otra categoría.

La propuesta fue enviada para su análisis a las Comisiones Permanentes de Administración de Justicia, y Trabajo y Seguridad Social.

 

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