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Fortalece al Congreso de Oaxaca fallo de SCJN sobre municipios autónomos: Neri

+ La decisión del máximo tribunal de justicia del país, que obliga a los ayuntamientos a adoptar la democracia directa, plebiscito, referéndum, revocación de mandato y cabildo abierto, indica que la LXI Legislatura del Estado está haciendo responsablemente su trabajo y toma las decisiones correctas, afirma el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso

SAN RAYMUNDO Jalpan, Oaxaca, octubre 18.- El presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, Francisco Martínez Neri, afirmó que el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que avala las reformas constitucionales aprobadas por la LXI Legislatura del Estado y obliga a los municipios autónomos a adoptar figuras de democracia directa, plebiscito, referéndum, revocación de mandato y cabildo abierto, respalda y fortalece al Poder Legislativo.

La decisión del máximo tribunal de justicia en México representa una observación en el sentido de que la LXI Legislatura del Estado está haciendo responsablemente su trabajo y toma decisiones correctas, resaltó en entrevista el Diputado de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática (PRD).

Cabe señalar que con siete votos a favor y tres en contra, el pleno de la Suprema Corte determinó que es constitucional el Decreto número 397, mediante el cual la LXI Legislatura del Estado de Oaxaca reformó, adicionó y derogó diversas disposiciones de la Constitución política estatal.

Es que los municipios de Santa Catarina Lachatao, Distrito de Ixtlán de Juárez; San Juan Juquila Mixes, Yautepec; San Pedro Ocotepec, Distrito Mixe, y San Andrés Yaá, Distrito de Villa Alta, habían interpuesto una controversia constitucional en contra del decreto publicado el 15 de abril de 2011.

Estos Ayuntamientos consideraron que con dichas modificaciones a la Constitución política estatal se les imponen formas de organización y de participación política distintas a las que tradicionalmente han ocupado, y argumentaron que con ello se violan los artículos 1, 2, 14,16 y 115 de nuestra Carta Magna.

Las autoridades municipales aseguraron en su momento que con las figuras de democracia directa, plebiscito, referéndum, revocación de mandato y cabildo abierto, se prevé como única forma de participación ciudadana el sufragio libre, directo, secreto y universal, sin que prevean ninguna otra forma de participación, ni dejan la posibilidad de que lo provea una legislación ordinaria.

Sin embargo, la SCJN avaló las reformas aprobadas por la LXI Legislatura del Estado que obligan a los municipios autónomos y que se manejan por usos y costumbres a adoptar las figuras de democracia directa, plebiscito, referéndum, revocación de mandato y cabildo abierto.

Y el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado descartó que la determinación de la SCJN vaya a generar conflictos comunitarios, pues afirmó que la SCJN analizó detenidamente todos los elementos que tuvieron a su alcance.

Además, propuso un acercamiento entre los promotores de la controversia constitucional con las autoridades estatales y el Poder Legislativo para encontrar acuerdos.

“No se trata de un pleito, se trata de un litigio que ha salido favorable para la LXI Legislatura del Estado y para la entidad oaxaqueña y, por ello, también debe haber un acercamiento, una socialización entre las comunidades”, puntualizó Martínez Neri.

 

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