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Aprueba Congreso del Estado la figura de “testigo protegido“ para Oaxaca

SAN RAYMUNDO Jalpan, Oaxaca, abril 18.- Por mayoría, el Congreso del Estado, aprobó la ley estatal para la protección de sujetos que intervienen en el proceso penal, y con ello creó la figura de Testigos Protegidos en Oaxaca para implementarlos en los procesos penales.

A propuesta del procurador general de justicia del estado, Manuel de Jesús López López, los diputados del PAN, PRD, PT, PRI y MC determinaron implementar esa figura para garantizar la protección y seguridad de testigos y en general, de todos los sujetos que intervengan en el proceso penal.

Puede incluir a los propios Agentes del Ministerio Público, policías, peritos, la autoridad judicial, e incluso a las personas ligadas con vínculos de parentesco o afectivos con los sujetos antes mencionados.

Con la ley aprobada, en sesión extraordinaria, la noche del pasado miércoles, se implementará un Programa Estatal de Sujetos protegidos en el que se analizará a “sujetos protegidos”, los cuales serán aquellas que son susceptibles de incorporarse al Programa, se hará un análisis de riesgo y convenio de las obligaciones de los sujetos protegidos incorporados al programa, las obligaciones de las autoridades con el sujeto protegido, así como las causas de terminación de las medidas de protección y separación del programa.

Se establece también, un tipo penal que sanciona que cualquier persona revele información en materia del programa Estatal de sujetos protegidos. Dicho delito puede aplicar al sujeto protegido y al servidor público de la Procuraduría General de Justicia del Estado. En este último caso, se establece una agravante sobre el particular.

Además, se crea el fondo para la protección de los sujetos que intervienen en el proceso penal, el cual tiene por objeto la correcta ejecución y funcionamiento del Programa, y cuya operación estará a cargo de la Procuraduría General, y se integrará con los recursos que al efecto se asignen en el presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para cada ejercicio fiscal.

Dichos recursos serán utilizados para la ejecución del Programa en los fines siguientes: la profesionalización y capacitación del personal de la Unidad, el otorgamiento a la Unidad de los recursos materiales y financieros necesarios para la ejecución de las Medidas de protección derivadas del Programa.

También para la correcta ejecución de las medidas de Protección, tanto de asistencia como de seguridad, los apoyos económicos que en la medida de lo posible se puedan otorgar a los sujetos Protegidos, conforme al Análisis de riesgo que al efecto se elabore, y los demás fines ´para la correcta operación y ejecución del Programa.

Del mismo modo, la ley contempla la creación de una Subprocuraduría de protección a personas, misma que dependerá de la Procuraduría General de Justicia del estado de Oaxaca, dicha subprocuraduría tendrá a su cargo una unidad de protección a personas que estará integrada por agentes estatales de investigación.

Con la figura de testigos protegidos, la PGJE contempla establecer en el Programa de protección a personas, asistencia y de seguridad, procurando asegurar a la persona que su intervención en el procedimiento penal no significará un daño adicional o el agravamiento de su situación personal para preservar la vida, la libertad y/o la integridad física de las personas protegidas.

 

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