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Establece Congreso Ley para DDHPO, otorga autonomía y atributos

SAN RAYMUNDO JALPAN, Oaxaca, enero 13.- Con 33 votos a favor, la Sexagésima Primera Legislatura, aprobó la ley de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, para dar a ese organismo autonomía en su organización, financiamiento y administración, además de otorgar facultades en aspectos de respeto a derechos humanos.

Los diputados del PAN, PRD, PT y MC, establecieron que el ombudsman será electo por las dos terceras partes congreso del estado y durará en su cargo 7 años.

Al subir a tribuna, el presidente de la comisión de derechos humanos del congreso local, Pavel López Gómez, indicó que la ley tuvo un proceso de más de un año que garantizó la ciudadanización y transparencia plena.

Y es que dijo que el defensor del pueblo, desde su nombramiento y hasta finalizar su cargo no podrá llevar a cabo activismo político partidista, gremial, sindical o de índole semejante ni ejercer otra función pública a excepción de actividades educativas, esto con la finalidad de garantizar la imparcialidad y la independencia en el ejercicio de su función. Cabe señalar que para aspirar al cargo, no deberá pertenecer a partido político alguno, dos años antes de la elección.

En materia presupuestal, se le otorga a la defensoría la autonomía suficiente para que desarrolle su propio presupuesto, el cual tendrá que ser mayor año con año.

Entre los nuevos mecanismos de protección ciudadana se instauran medidas cautelares, la mediación, mecanismos de alerta temprana, presentación de informes y casos ante instancias internacionales de Derechos Humanos, frente a situaciones que impliquen una violación de los mismos.

También se propone la implementación de un observatorio permanente, para monitorear la situación que guarden los derechos humanos en el estado.

Se instrumenta en esta ley, la legitimación de organismo para presentar denuncias ante instancias internacionales de protección de los derechos humanos, esta atribución puede ser ejercida, tanto en defensa y protección de personas o grupos individualmente considerados como de intereses colectivos, de pueblos indígenas o afrodescendientes.

Al incorporar la participación ciudadana en la designación del titular de la defensoría y el consejo consultivo, se contempla un procedimiento público y abierto, donde se privilegie el conocimiento, la experiencia y la labor desarrollada en defensa y promoción de los derechos humanos.

Además, se considerará que la violencia contra la mujer constituye una violación grave a los derechos humanos y su actuar en todos y cada uno de los asuntos que conozca se debe hacer con base en el principio laico tal como lo establece la constitución.

 

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