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Presentaron 3 ciudadanos al IEEPCO solicitud para competir como independientes para gobernador

OAXACA, OAX., enero 21.- Al cierre del plazo, tres ciudadanos, presentaron ante el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), su carta de intención para competir como candidatos a gobernador independiente, en los comicios del próximo 5 de junio.

Candidatura-independienteEn un breve acto, el aspirante al gobierno del estado por la vía independiente, Juan Manuel García, fue acompañado por el Presidente de Pro-Oax, José Márquez Pérez, el pasado 18 de enero.

Mientras que el pasado martes 19, acudió al órgano electoral, Zenén Ávila Elena y este miércoles 20 (a horas de cerrarse el plazo), acudió a hacer lo propio, Matias Romero Solano.

De acuerdo a los plazos establecidos por el IEEPCO, la carta intención de la candidatura a gobernador independiente, se presentará del 1 enero al 20 enero del 2016.

Para diputados locales de mayoría, del 21 de enero al 9 de febrero y para alcaldes, del 29 de enero al 17 de febrero.

Para obtener la candidatura independiente a gobernador, los aspirantes deberán contar 2 por ciento de la lista nominal con corte al 31 de agosto previo a la elección, es decir del 2015.

Además de que éste integrada por electores de 13 de los 25 distritos.

Para diputados es del 2 por ciento de la lista nominal correspondiente al distrito por que pretenden competir y en alcaldes el 2 por ciento del listado nominal del municipio por el que buscan competir.

En tanto, el IEEPCO, determinó establecer que el tope máximo de gastos para recabar el apoyo ciudadano para los candidatos independientes a Gobernador será de 6 millones 282 mil 470.84 pesos; para diputados de mayoría relativa 2 millones 584 mil 372.90 pesos; y para concejales a los ayuntamientos 1 millón 634 mil 500.06 pesos.

La determinación de los topes máximos de gastos de precampañas para las y los aspirantes de candidaturas Independientes a Gobernador del Estado, Diputados por el Principio de Mayoría Relativa y Concejales a los Ayuntamientos, fue resultado de aplicar el 10 por ciento que establece el artículo 374 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de los topes de campaña inmediatos anteriores,.

De acuerdo con cifras del Instituto Nacional del Electores (INE), al ocho de enero de 2016, el padrón electoral de Oaxaca estaba conformado por 2 millones 797 mil 986 pobladores, por lo que 55 mil 960 personas equivaldrían a dos por ciento; esta cifra tendría que ser ajustada al periodo estipulado en la convocatoria.

Cumplida la obtención del apoyo ciudadano, el aspirante deberá rellenar el formato del IEEPCO con el nombre y la firma de cada una de las personas que hayan manifestado su respaldo y deberá adjuntar una copia legible de la credencial para votar vigente de cada ciudadano.

A través del Registro Federal de Electores, el INE será el encargado de avalar la legalidad de las firmas y nombres recabados.

El consejero presidente del árbitro electoral tendrá 72 horas para confirmar que el ciudadano cumplió con todos los requisitos; en caso contrario, notificará los incumplimientos y dará un plazo más de 48 horas para que sean subsanados.

SI el aspirante no logra recabar todos los lineamientos, su petición será tomada como “no presentada”. Con lo anterior se cumplirían las tres primeras fases del proceso electoral para los candidatos independientes: la emisión de la convocatoria, la recepción de solicitudes y el registro de candidatos.

Requisitos para el registro de independientes

  1. A) Presentar solicitud por escrito
  2. B) Lugar y fecha del nacimiento del solicitante
  3. C) Domicilio y tiempo de residencia
  4. D) Ocupación del solicitante
  5. E) Clave de la credencial para votar
  6. F) Cargo por el que se pretende postular
  7. G) Designación del representante legal y domicilio para oir y recibir notificaciones
  8. H) Designación de la persona encargada del manejo de los recursos financieros y de la rendición de informes correspondientes
  9. I) Copia de acta de nacimiento y del anverso y reverso de la credencial para votar vigente
  10. J) Plataforma Electoral
  11. K) Datos de cuenta bancaria aperturada para el manejo de los recursos de la candidatura independiente

 

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