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Confirma TEEO triunfos del PAN en diputaciones de Pochutla y Salina Cruz

OAXACA, OAX., agosto 29.- El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) confirmó la elección de diputaciones por el principio de mayoría relativa en los distritos electorales de San Pedro Pochutla y Salina Cruz, dejando firmes los triunfos de Leslie Mendoza Zavaleta y Carol Antonio Altamirano, quienes fueron postulados por el Partido Acción Nacional (PAN) en su alianza con el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en los comicios del 5 de junio pasado.

Con esas dos resoluciones, el TEEO finalizó la etapa de resolución de todos expedientes derivados de la elección de diputadas y diputados, señalada LESLIE-ZAVALETApor la Ley para el primero de septiembre del 2016.

Por mayoría de votos, el TEEO confirmó la elección de diputados en el Distrito Electoral 25, con cabecera en San Pedro Pochutla, una vez analizado y debatido el recurso de inconformidad, identificado con la clave RIN/DMR/XXV/02/2016 y su acumulado RIN/DMR/XXV/09/2016.

El TEEO confirmó también la elección de diputados por mayoría relativa en el Distrito Electoral 19, con sede en Salina Cruz, al declarar infundados los agravios señalados por la representante del PRI ente dicho Consejo Distrital, y por la coalición “Juntos hacemos más”, identificados con los números RIN/DMR/XIX/12/2016 y RIN/DMR/XIX/16/2016, respectivamente.

Con ello, dejó firme el triunfo del dirigente del PRD con licencia y diputado electo del PAN, Carol Antonio Altamirano Toledo.

FIRME, LA ELECCIÓN EN OTROS TRES MUNICIPIOS

En la misma sesión, el pleno del TEEO confirmó igualmente la elección en los municipios de San Juan Bautista Lo de Soto, San Juan Coatzospam y Santiago Cacaloxtepec.

Carol-AntonioRespecto a Coatzospam, el PRI promovió el recurso de inconformidad RIN/EA/16/2016 mediante el cual impugnó la sesión de cómputo municipal, los resultados consignados en el acta de cómputo municipal y el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de la planilla del Partido Renovación Social (PRS).

En el análisis del asunto, los magistrados declararon infundados los agravios respecto a la nulidad de las casillas 1111 básica y contigua, debido a que el PRI no aportó pruebas idóneas y suficientes para demostrar que existieron irregularidades graves plenamente acreditables. Por tal razón, se confirmó la elección del referido ayuntamiento.

De la impugnación a la elección del municipio de San Juan Bautista Lo de Soto, MC y PAN manifestaron que existió violencia física y presión sobre los electores en las casillas 1,004 contigua 1, se realizaron conductas de soborno, pago de votos y la negativa de recuento de votos.

 

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