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Autoriza Congreso a Gabino nueva deuda pública en 2013, de hasta 2 mil 400 mdp

OAXACA, OAX., diciembre 11.- Por unanimidad, la Sexagésima Primera Legislatura del Estado, autorizó al gobernador del Estado, Gabino Cué Monteagudo, contraer una Deuda Pública para el 2013, por la cantidad de hasta dos mil cuatrocientos millones de pesos, sin incluir intereses, más un monto adicional de hasta el quince por ciento ante instituciones bancarias o financieras.

También autorizaron a Cué Monteagudo, contratar empréstitos en moneda nacional, es decir, créditos con la federación, entidades federativas, Distrito Federal, sociedades y particulares nacionales hasta por la cantidad de quinientos millones de pesos, para destinarlas a inversiones públicas productivas; sufragar contingencias generadas por fenómenos naturales que afecten el territorio del Estado o situaciones extraordinarias imposibles de prever.

Fue en la aprobación de Ley de ingresos del 2013, aprobada en los últimos minutos del lunes 10 de diciembre, por los diputados del PAN, PRD, PT, MC y PRI, cuando se avaló a Cué Monteagudo contraer más deudas y compromisos financieros para Oaxaca.

La ley de Ingresos del 2013, entrará en vigor a partir del primero de enero del 2013.

Los diputados hicieron suyos los argumentos de Cué Monteagudo, quien justificó en su iniciativa de Ley ingresos del 2013, que esos sistemas de financiamiento son elementos de sostenibilidad de la política fiscal del Gobierno, “por tanto se debe considerar el destino de los recursos crediticios, es decir, la evaluación correcta de los proyectos de inversión a financiar con deuda pública, de tal forma que cumplan con el requisito de incentivar y generar dinámicas de crecimiento económico en nuestro Estado”.

En el dictamen autorizado por los diputados se establece:

“Se autoriza al Ejecutivo Estatal para que, a través de la Secretaría de Finanzas, afecte como fuente de pago o en garantía de los financiamientos que celebre, el derecho y/o los ingresos a las participaciones que en ingresos federales le corresponden; facultándolo para que celebre todos los actos jurídicos necesarios o convenientes para la instrumentación de los financiamientos y la afectación de participaciones, incluyendo la contratación de operaciones de cobertura, observando lo dispuesto en la Ley de la materia”.

El artículo 3 de la ley de ingresos aprobada por la unanimidad del Congreso, especifica:

“Se autoriza al Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas, un monto de endeudamiento por la cantidad de hasta $2,400’000,000.00 (Dos mil cuatrocientos millones de pesos 00/100 M.N.), sin incluir intereses, más un monto adicional de hasta el 15 por ciento del monto antes señalado para la constitución de fondos de reserva del o los financiamientos que se contraten al amparo de este artículo”.

El monto de endeudamiento podrá ser ejercido mediante la contratación de uno o varios financiamientos, bancarios y/o bursátiles, en los siguientes términos:

“El o los financiamientos podrán contratarse mediante la celebración de uno o varios créditos con instituciones de crédito de nacionalidad mexicana y/o mediante la obtención de financiamientos entre el gran público inversionista a través del mercado de valores nacional, mediante la emisión de certificados bursátiles por parte del Estado”, seña el apartado.

El plazo del o de los financiamientos será hasta por 15 años; los financiamientos deberán contratarse con personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, ser pagaderos en moneda de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos, dentro del territorio nacional y prever expresamente la prohibición de su cesión a extranjeros.

De acuerdo a lo autorizado por el Congreso, los financiamientos que se contraten deberán destinarse a financiar inversiones públicas productivas, incluyendo el impuesto al valor agregado, en términos de la Ley de Coordinación Fiscal:

Se especifica que el endeudamiento y los créditos que podrá contraer Cué Monteagudo, son para reconstrucción y reparaciones de daños causados a la infraestructura, originados por fenómenos naturales ocurridos en el Estado de Oaxaca durante los ejercicios fiscales de 2011 y 2012.

Para proyectos estratégicos en infraestructura y equipamiento de infraestructura en la región del Istmo de Tehuantepec; al fortalecimiento de la red de infraestructura hospitalaria, mediante la terminación de obras inconclusas, rehabilitación y modernización de unidades médicas, inversión en equipamiento y nuevas unidades médicas.

Y a la constitución de fondos de reserva, mediante la o las modalidades que se consideren convenientes, en el entendido que los mismos no podrán exceder del 15 por ciento del monto del financiamiento o financiamientos que se contraten, a fin de fortalecer la estructura del o de los financiamientos, en beneficio de la hacienda pública del Estado.

Para que afecte, sin perjuicio de afectaciones previas, como fuente de pago y/o garantía del o de los financiamientos, se cede el derecho de los ingresos de hasta el 25 por ciento del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas que le correspondan, así como aquellos fondos que en el futuro lo sustituyan o complementen.

 

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