Periodismo libre y comprometido

Search
Search
O A X A C A Clima de Hoy

Partidos o coaliciones no pueden usar encuestas o sondeos como parte de su propaganda: CIPPEO

OAXACA, OAX., junio 30.- El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPC) estableció en los “Requisitos, bases y criterios para la publicación de encuestas o sondeos de opinión, encuestas de salida y cualquier tipo de estudios de carácter demoscópico”, que los partidos políticos y coaliciones que participan en el proceso electoral 2013, no podrán utilizar las encuestas o sondeos de opinión como apoyo en las campañas o como parte de la propaganda electoral.

En caso contrario serán sancionados, advirtió el consejero electoral Víctor Leonel Juan Martínez, quien explicó que los interesados en difundir encuestas o sondeos de opinión durante el proceso electoral deberán entregar, previamente a su publicación, copia del estudio completo y la base de datos al IEEPC.

Refirió que en marzo pasado el Tribunal Estatal Electoral (TEE) analizó los expedientes R.A./04/2013 y su acumulado R.A./05/2013, luego de lo cual solicitó al IEEPC modificar el Artículo 4 de los “Requisitos, bases y criterios técnicos y científicos” a que se sujetarán las personas físicas o morales que pretendan hacer encuestas o sondeos de opinión, encuestas de salida y cualquier otro tipo de estudios de carácter demoscópico que sean publicados y difundidos en cualquier medio públicamente accesible, y que estén relacionados con el Proceso Electoral Ordinario 2012-2013.

La decisión del TEE obedece a que el Artículo 4 obligaba a los interesados en publicar encuestas electorales y a entregar copia del estudio completo y la base de datos al Director General del IEEPC dentro de los cinco días naturales siguientes a su publicación, disposición que contravenía el Artículo 173 del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEO), que indica que la entrega de los documentos debe ser “previamente a su publicación”.

No obstante, el órgano electoral acató la instrucción del Tribunal y determinó modificar el CIPPEO, a fin de que el estudio completo y la base de datos utilizada para la realización de encuestas o sondeos de opinión sean entregados al Director General del IEEPC, antes de la publicación de los resultados.

Por ello, los partidos políticos, las coaliciones, los candidatos o cualquier persona que solicite u ordene la publicación o difusión por cualquier medio públicamente accesible, de encuestas o sondeos de opinión sobre la intención o sentido del voto de los ciudadanos, que se realice desde el inicio del proceso electoral hasta los tres días previos a la jornada electoral, deberán entregar previamente a su publicación copia del estudio completo al Instituto por conducto del Director General.

El estudio y la base de datos deberán entregarse en medio impreso, magnético u óptico.

Además, los partidos políticos y coaliciones que participan en el proceso electoral ordinario 2012-2013 no podrán utilizar las encuestas o sondeos de opinión como apoyo en las campañas o como parte de la propaganda electoral.

 

Scroll al inicio