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Proponen Diputados del PRD dar facultad a Municipios para que modifiquen su Ley de Ingresos

SAN RAYMUNDO Jalpan, Oaxaca, agosto 24.- Las diputadas Itaísa López Galván, Juanita Arcelia Cruz Cruz y los diputados José Antonio Rivera Ramos y Jaime Bolaños Cacho, integrantes del PRD, presentaron ante el pleno cameral, en su última sesión ordinaria, una iniciativa con proyecto de decreto, a fin de establecer la facultad para que cada municipio entrante proponga a la Legislatura del Estado modificaciones a la Ley de Ingresos para su ejercicio fiscal, atendiendo sus necesidades y la posibilidad de mejorar su Plan Municipal de Desarrollo.

Integrantes-de-la-Fracción-Parlamentaria-del-PRD-Diputados--24.08.16-bol-Las y los representantes populares del partido del sol azteca coincidieron en que la recaudación de los ingresos ordinarios es una de las formas más eficaces con la que cuentan los municipios para captar recursos y de esta forma cumplir con sus objetivos, “al inicio de cada administración municipal resulta obligatorio presentar un Plan Municipal de Desarrollo, con una misión de gobernar encaminado al desarrollo humano, con servicios de calidad, infraestructura funcional y una administración austera y eficiente, para ello es indispensable la Ley de Ingresos”.

Sin embargo, señalaron que al inicio de una nueva administración municipal, el ayuntamiento entrante se ve obligado a acatar la Ley de Ingresos presentada por el saliente, la cual de manera previa es aprobada por el Congreso, “es necesario que al ayuntamiento entrante se le otorgue la facultad expresa de presentar modificaciones a la Ley de Ingresos dentro de un periodo de quince días a partir de su inicio ante el Congreso del Estado para su aprobación correspondiente, estableciendo dicha facultad dentro de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca”.

Mediante dicha iniciativa, las y los diputados manifestaron la necesidad de garantizar la autonomía que gozan los municipios de administrar libremente su hacienda, la cual se forma a partir de los rendimientos de sus bienes, así como de las contribuciones y otro ingresos que las legislaturas de los estados establezcan a su favor.

La hacienda pública municipal es entendida como el conjunto de recursos y bienes patrimoniales con los que cuenta un ayuntamiento, así como la distribución y aplicación de los mismos mediante el gasto público para alcanzar sus objetivos de gobierno en la propia comunidad, dichos recursos son aquellos fondos monetarios con que cuenta un ayuntamiento y los ingresos que tiene derecho a recibir.

Dichos ingresos son previstos por los Ayuntamientos en su respectiva ley, el cual constituye el documento jurídico que establece de manera clara y precisa los conceptos representados por ingresos para el municipio y las cantidades que estiman percibir por cada uno de ellos, su importancia va en función del equilibrio de cuanto recaude será, lo que se destine a sufragar los gastos en obras y servicios necesarios en beneficio de la ciudadanía.

La iniciativa con proyecto de decreto fue turnada a la Comisión Permanente de Administración de Justicia para su análisis y elaboración de proyecto de decreto, en su caso.

 

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